
06/05/2025
El Supremo obliga a pagar el plus de festivos aunque el contrato sea para trabajar durante esos días
El Tribunal Supremo, en una sentencia del 4 de marzo de 2025, ha determinado que las personas trabajadoras tienen derecho a cobrar el plus por trabajar en festivos, incluso si han sido contratadas expresamente para ello.
El caso se inicia con la demanda de una trabajadora a la que la empresa negó ese plus. Tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dieron la razón a la empresa. Según ellos, el plus no corresponde si el contrato es solo para trabajar en festivos.
La trabajadora recurrió al Tribunal Supremo, alegando discriminación respecto a otras personas que sí cobraban ese complemento. El Supremo le ha dado la razón. Considera que solo puede dejar de pagarse el plus si la empresa demuestra que el salario ya incluye una compensación equivalente por trabajar en festivos.
Así, el Supremo estimó el recurso, anuló las sentencias anteriores y reconoció el derecho de la trabajadora a cobrar este plus. Los efectos económicos deberán concretarse en la ejecución de la sentencia.
Desde el Departamento Jurídico de Pimec le podemos ofrecer asesoramiento y acompañamiento en estas y otras cuestiones de ámbito laboral.