Subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad (SOC-CONTRACTACIÓ)
08/09/2025

Subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad (SOC-CONTRACTACIÓ)

Informamos que ha sido publicada la RESOLUCIÓN EMT/3278/2025, de 29 de agosto, por la que se abre la convocatoria para el año 2025 del programa de subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad (SOC-CONTRACTACIÓ). Esta resolución tiene el objetivo de incentivar la contratación de personas en situación de desempleo, y de forma especial a aquellas que pertenecen a colectivos de carácter vulnerable. A continuación, exponemos las condiciones, funcionamiento y requisitos más relevantes:   ¿A quién va dirigido? Esta ayuda podrán solicitarla: -Empresas, autónomos y comunidades de bienes con capacidad para suscribir un contrato de trabajo. -Entidades sin ánimo de lucro, incluidas las asociaciones y fundaciones. -Cooperativas de trabajo asociado. -Agencias de colocación y Empresas de Trabajo Temporal (solo para contratación de personal propio). *No pueden ser beneficiarias las administraciones públicas, las empresas de inserción ni los centros especiales de trabajo.   ¿A quién puedo contratar? Las empresas, autónomos o entidades tendrán que contratar a una persona o personas que cumplan con alguno de estos requisitos: -Personas en situación de desempleo de 45 o más años. -Mujeres desempleadas de 30 o más años en situación de vulnerabilidad. A efectos de esta convocatoria, se consideran mujeres en situación de vulnerabilidad las que cumplan uno o más de los siguientes requisitos: ·Mujeres destinatarias de la renta garantizada de ciudadanía. ·Mujeres en situación de violencia machista. ·Mujeres que sean madres de familias monoparentales. ·Mujeres con discapacidad reconocida legalmente. ·Mujeres desempleadas no perceptoras de prestación. -Personas desempleadas de larga duración de 30 o más años (12 meses seguidos o 12 meses intermitentes en los últimos 18 como demandantes de empleo). -Personas desempleadas migradas de origen extracomunitario de 30 o más años. *Todos los requisitos y las condiciones deben poder acreditarse el día hábil laborable inmediatamente anterior al inicio del contrato.   Condiciones y requisitos de la subvención -Modalidad de contrato: indefinido y a tiempo completo. -No son subvencionables los contratos a tiempo parcial ni los fijos discontinuos. -El centro de trabajo debe estar situado en Cataluña. -Las categorías profesionales deben estar entre la 3 y la 11. -Se subvencionarán 12 meses de contrato. -Se deberá cumplir un período de permanencia de 12 meses adicionales. -Un mismo solicitante podrá subvencionar hasta 10 contratos.   Importe La cuantía de la subvención se determina aplicando un módulo económico por los meses contratados, hasta un máximo de 12 meses. Según el grupo de cotización: -Grupos 3 al 7:091,05€ mensuales (68,74€ diarios). -Grupos 8 al 11:652,73 € mensuales (54,33 € diarios).   Plazos -El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día 9 de septiembre de 2025 a las 9:00 horas y finaliza el día 1 de octubre de 2026 a las 15:00 horas.   Para ampliar la información puedes consultar: Resolución: https://dogc.gencat.cat/ca/document-del-dogc/?documentId=1023865 Contacto: sganan@pimec.org
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