Subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad (SOC-CONTRACTACIÓ)
09/08/2024

Subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad (SOC-CONTRACTACIÓ)

A fecha 9 de agosto, se abre la convocatoria para el año 2024 del programa de subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad (SOC-CONTRACTACIÓ). Esta tiene el objetivo de incentivar la contratación de personas en situación de paro, y de forma especial aquellas que son más vulnerables. Entidades beneficiarias Personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes con capacidad para subscribir, como empresarias, un contrato de trabajo.
  • Las entidades sin ánimo de lucro, incluidas las asociaciones y fundaciones.
  • Las cooperativas de trabajo asociado.
  • Las corporaciones de derecho público.
No pueden ser beneficiarias las administraciones públicas, las empresas de inserción ni los centros especiales de trabajo. Personas destinatarias
  • Personas en situación de desocupación de 45 años o más.
  • Mujeres desocupadas de 30 años o más en situación de vulnerabilidad.
  • Personas desocupadas de larga duración de 30 años o más.
  • Personas desempleadas migradas de origen extracomunitario de 30 años o más.
Se entenderá por paro de larga duración la persona demandante de ocupación, en situación de desocupación un mínimo de 12 meses, continuados o no, durante los últimos 18 meses anteriores a la contratación. A efectos de esta convocatoria, se consideran mujeres en situación de vulnerabilidad las que cumplan uno o más de los siguientes requisitos:
  • Mujeres destinatarias de la renta garantizada de ciudadanía.
  • Mujeres en situación de violencia machista.
  • Mujeres que sean madres de familias monoparentales.
  • Mujeres con situación de discapacidad reconocida legalmente.
  • Mujeres desocupadas no perceptoras de prestación por desocupación.
Principales requisitos Las personas destinatarias no pueden haber sido contratadas por la misma persona o entidad solicitante en los 12 meses anteriores al contrato por el cual se pide la subvención. Se subvencionará la modalidad de contrato indefinido y únicamente a tiempo completo. No se considera contrato a tiempo parcial la reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares a cargo prevista en el Estatuto de los Trabajadores, siempre que el contrato se hubiera celebrado a tiempo completo. El centro de trabajo tendrá que estar en Cataluña. Los contratos subvencionables se tendrán que subscribir en las categorías profesionales 3 a 11 y se subvencionarán 12 meses de contrato. Se tendrá que cumplir con un periodo de permanencia de 12 meses, los cuales empezarán a contar desde el fin del periodo subvencionado (es decir, 12 meses + 12 meses). Un mismo solicitante máximo podrá subvencionar hasta 5 contratos. Importe La cuantía de la subvención se determina aplicando un módulo económico por los meses contratados, hasta el máximo otorgado que son 12 meses. La cuantía del módulo se determinará en función del grupo de cotización al cual se vincule el contrato:
  • Grupos 3 – 7: 1.356,05 euros mensuales (44,58 euros diarios)
  • Grupos 8 – 11: 1.066,78 euros mensuales (35,07 euros diarios)
Plazos El plazo de presentación de solicitudes será entre el 9 de agosto del 2024 y el 20 de diciembre de 2024 a las 15.00 horas y la solicitud se tendrá que presentar como máximo de un mes desde la fecha de inicio del contrato de trabajo y el otorgamiento será por concurrencia no competitiva. Los contratos subvencionables se tendrán que subscribir a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el 20 de diciembre de 2024. Normativa reguladora EMT/214/2021, de 17 de novembre RESOLUCIÓ EMT/2900/2024, de 2 d’agost Para más información podéis contactar con: jguitart@pimec.org.
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