¿Qué formación obligatoria deben ofrecer las empresas a su plantilla de personas trabajadoras en materia de violencias sexuales?
29/04/2024

¿Qué formación obligatoria deben ofrecer las empresas a su plantilla de personas trabajadoras en materia de violencias sexuales?

Con el objetivo de clarificar cuál es la formación obligatoria que las empresas deben ofrecer en materia de violencias sexuales de acuerdo con el marco legal actual, según la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, se establece en el artículo 12 que las empresas promoverán y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio. Asimismo, establece que las empresas tendrán que incluir en la valoración de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes, debiendo formar e informar al respecto a sus trabajadoras. La norma no está estableciendo una formación obligatoria para toda la plantilla en materia de violencias sexuales, sino que se refiere a promover y ofrecer esa formación internamente. Otro aspecto destacable es que en el marco de la prevención de riesgos, la violencia sexual se incorpora como un riesgo al puesto de trabajo y debe formarse e informarse sobre dicho riesgo junto con el resto de los riesgos que pueden existir en el puesto de trabajo. Sin embargo, en ningún caso la norma está estableciendo una formación obligatoria de determinadas horas exclusivamente en materia de violencias sexuales, sino que está estableciendo que desde la mirada de prevención de riesgos deberá incorporarse la violencia sexual como un riesgo al puesto de trabajo y deberá informarse y formarse a las trabajadoras. En resumen, las empresas no tienen la obligatoriedad de realizar ninguna formación específica de un determinado número de horas en materia de violencias sexuales, ya que no es lo que está estableciendo la norma. Lo que sí deberá incorporarse es que las violencias sexuales constituyen un riesgo en el puesto de trabajo y desde la perspectiva de prevención de riesgos laborales se debe informar y formar a las trabajadoras. Por último, es esencial que las empresas se pongan al día con estas disposiciones para evitar posibles sanciones y asegurar un ambiente laboral inclusivo y respetuoso. Para más detalles sobre las obligaciones y acciones específicas a tomar, no dudes en ponerte en contacto con el Departamento Jurídico de PIMEC: https://pimec.org/es/servicios/asesoramiento-legal/igualdad
Compartir:

linkedin share button