
26/12/2016
PIMEC actúa en relación al registro horario en las empresas
La patronal insta a la administración a hacer un análisis previo sobre el registro horario y traslada la casuística concreta que dificulta el control
La interpretación del Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, dada por la sentencia de la Audiencia Nacional, de fecha 4 de diciembre de 2015, establece la obligación del empresario de establecer un sistema de registro diario de la jornada como una herramienta imprescindible para poder comprobar la realización de horas extraordinarias.A raíz de esta interpretación, el año 2016 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluyó en su plan de acción la supervisión del registro horario a las empresas con la instrucción 3/2016 de intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias.La Inspección de Trabajo de Cataluña ha anunciado que este 2017 empezará acciones intensivas en este sentido a todos los sectores.Desde PIMEC hemos instado reiteradamente la administración a hacer un análisis previo en torno a esta cuestión y hemos trasladado la casuística concreta que dificulta el control.En este sentido, en el Consejo de Relaciones Laborales del Departamento de Trabajo, del que PIMEC forma parte, se han iniciado mesas de diálogo para poder analizar los diferentes casos y, paralelamente, la Inspección de Trabajo nos ha ofrecido efectuar mediaciones entre empresas y trabajadores que no encuentren la manera de adaptar los sistemas de control.Aprovechamos la ocasión para detallarles las acciones que PIMEC ha llevado a cabo en relación a esta cuestión:* En cuanto a la información:- El día 20 de julio se celebró en PIMEC una jornada en torno a esta cuestión para que la Inspección de Trabajo pudiera explicar a los socios las obligaciones en materia de registro horario y sistemáticas necesarias.Puede ver el programa en este enlace.- Se han hecho publicaciones en el blog de PIMEC y se ha elaborado una nota de prensa al respecto.* En cuanto a la interlocución con la administración: Desde la Comisión Laboral de PIMEC se detectaron diversas problemáticas para dar cumplimiento al registro en casos concretos y se han trasladado de la siguiente manera:- Mes de octubre 2016: Reunión conjunta de la Comisión Laboral con el subdirector general de Estrategia y Ordenación de la Inspección de Trabajo para trasladar los problemas concretos de diferentes sectores y puestos de trabajo.- Petición a la Mesa de Coordinación del Consejo de Relaciones Laborales del Departamento de Trabajo de la Generalitat de abrir un espacio para tratar las problemáticas asociadas.En fecha 29/11/2016 se mantiene la primera reunión en la sede del Consejo de Relaciones Laborales, junto con la Inspección de Trabajo y el resto de agentes sociales, y acuerda continuar tratando la cuestión en el máximo órgano del Consejo de relaciones Laborales entre plenos (la mesa de coordinación), con los máximos responsables del ámbito de los diferentes agentes sociales, a fin de mantener un diálogo en esta materia y seguir pidiendo que no se impulsen campañas al respecto, una mayor seguridad jurídica en la aplicación de la sentencia (mediante recomendaciones concretas de la inspección) y la exención de las empresas que tienen una actividad que dificulta su desempeño.* En cuanto a los partidos políticos: Se ha trasladado la petición de disminuir la burocracia en estos y otros ámbitos.Para consultar la instrucción de la Inspección de Trabajo para clarificar cómo proceder ante esta obligación puede hacer clic aquí.Adjunto, el informe de extensión de esta información que desde PIMEC solicitamos en su día a la Inspección de Trabajo de Catalunya.Para cualquier duda o aclaración, puede dirigirse al Departamento de RRLL y Negociación Colectiva de PIMEC. Elena de la CampaDirectora de Relaciones Laborales i Negociación Colectiva PIMECedelacampa@pimec.org