02/07/2024
Vale escolar 2024: ayudas para el material escolar en favor del alumnado de primaria y secundaria de centros sostenidos con fondos públicos
Finalidad de la subvención: El objetivo de esta iniciativa es implementar la ayuda directa de 60 euros para material escolar, destinada a alumnos de primaria y secundaria en centros educativos públicos y concertados.
El material escolar solo podrá adquirirse en establecimientos comerciales con venta presencial situados en Cataluña. No podrá adquirirse material escolar mediante comercio electrónico.
Personas beneficiarias: Se consideran personas beneficiarias de la ayuda los alumnos de primaria, secundaria obligatoria, centros de educación especial y ciclos formativos de grado básico de los centros educativos públicos y concertados de Cataluña, durante el año escolar 2024-2025.
Se podrán adherir a la campaña los establecimientos comerciales que voluntariamente quieran participar y que estén dados de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas (IAE) con los siguientes epígrafes:
619.1 – Comercio al por mayor de juguetes y artículos de deporte.
619.5 – Comercio al por mayor de artículos de papelería y escritorio, artículos de dibujo y bellas artes.
619.6 – Comercio al por mayor de libros, periódicos y revistas.
659.4 – Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes.
659.6 – Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte; ropa, calzado y complementos deportivos, armas, municiones y artículos de pirotecnia.
661.1 – Comercio al por menor en grandes almacenes.
661.2 – Comercio al por menor en hipermercados.
661.3 – Comercio al por menor en almacenes populares.
Cuantía: La ayuda es de 60 euros por alumno/a, distribuidos en dos vales de 30 euros cada uno. Estos vales deben canjearse en los establecimientos comerciales adheridos a la plataforma que gestione las ayudas.
Plazo: El período en el que los establecimientos podrán solicitar la adhesión a la campaña se inicia el 11 de junio y finaliza el 31 de octubre.
Los vales se podrán canjear por material escolar en los establecimientos adheridos hasta el 30 de noviembre de 2024.
Reglas generales: El establecimiento comercial adherido debe emitir una factura simplificada que únicamente incluya el material escolar adquirido, si se compran otros productos no incluidos en la ayuda.
Las compras de otros productos deben ser independientes de la operación del material escolar.
Si la adquisición del material escolar supera los 30 euros con un vale o los 60 euros con dos vales, la persona beneficiaria debe pagar la diferencia.
Los vales no pueden utilizarse para futuros usos si hay saldo restante.
El importe de la ayuda incluye el IVA para los materiales comprados con los vales.
Otros detalles:
– El importe de la ayuda se abonará al establecimiento comercial en un plazo máximo de 10 días hábiles después de validar la justificación de la compra.
– En caso de devolución, no se devuelve dinero en efectivo; solo se admiten cambios por otros materiales escolares iguales o de mayor valor, y la diferencia correrá a cargo de la persona beneficiaria si es necesario.
– El establecimiento comercial debe presentar una justificación detallada de la compra, incluyendo la factura simplificada, para validar la ayuda recibida.
Enlaces de interés:
Web: https://www.valescolar.cat/
Adhesión a la campaña establecimientos: https://www.valescolar.cat/alta-establiment
Bases reguladoras: https://dogc.gencat.cat/ca/document-del-dogc/?documentId=983590
Más información: nnavarro@pimec.org