Subvenciones para la contratación de personas mayores de 45 años
06/02/2019

Subvenciones para la contratación de personas mayores de 45 años

NUEVA CONVOCATORIA Fomento de la incorporación de personas mayores de 45 años al mercado de trabajo El pasado noviembre el Servicio Público de Empleo de Catalunya abrió la convocatoria para la concesión de subvenciones a la contratación de personas mayores de 45 años.Esta convocatoria, que tiene como objetivo favorecer la contratación de mayores de 45 años en situación de paro, ofrece a las empresas contratantes una subvención de 900€ mensuales (subvención correspondiente a jornada completa) durante un período de 6 a 12 meses (hasta 18 meses en el caso de personas con una discapacidad del 33% o superior), para contratos formalizados entre el 10 de agosto y el 15 de noviembre. Entidades beneficiarias Todas las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Catalunya, a excepción de las administraciones públicas y sus entidades dependientes o vinculadas, y las empresas de trabajo temporal. CuantíaEl módulo económico es de 900€ mensuales (30€ diarios) para la jornada completa. En casos de jornada parcial (mínimo media jornada), será la parte proporcional. La cantidad de la ayuda dependerá de la duración del contrato inicial, y será para un periodo mínimo de 6 meses y máximo de 12 (18 en casos de personas con discapacidad del 33% o superior). Principales requisitos para solicitar la ayudaContratación temporal o indefinida mínima de 6 meses, con una jornada igual o superior al 50% en un centro de trabajo en Catalunya. Queden excluidos los contratos en prácticas y fijos discontinuos.Las personas contratadas han de tener como mínimo 45 años, llevar un mínimo de 6 meses (de los últimos 12) en situación de paro, estar inscritas como demandantes de empleo no ocupadas (DONO), no pueden haber estado contratadas mediante un contrato indefinido en los últimos 6 meses, ni estar participando actualmente en el programa Agencia de Colocación.Disponer de un informe de la Oficina de Trabajo, conforme la persona reúne los requisitos para acogerse a la ayuda.Con la nueva contratación de trabajo por la que se solicita la subvención debe aumentar el número de personas empleadas por la empresa en comparación con la media de los 12 meses previos, salvo que el puesto haya quedado vacante por dimisión de la persona trabajadora, por su discapacidad, por su jubilación por edad, por su reducción voluntaria del tiempo de trabajo o por despido disciplinario procedente.Cumplimiento de las obligaciones legales y tributarias para con el Estado, la Generalitat y la Seguridad Social, así como de cualquier obligación legal o reglamentaria.No haber obtenido otras ayudas para la misma actividad.El número de contratos subvencionables nunca podrá ser superior a 5 ni superior al 50% de la plantilla de la empresa que contrata a la persona física o jurídica beneficiaria. A excepción de si se tiene 1 persona contratada; en este caso, el máximo será 1 contrato subvencionado. Plazo de solicitudDesde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 15 de noviembre de 2019 (ambos incluidos) para contractos suscritos en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de solicitud. Normativa reguladoraOrden TSF/133/2018, de 30 de julioOrden TSF/188/2018, de 12 de noviembreResolución TSF/2791/2018, de 15 de noviembre SolicitudesLas empresas interesadas tienen que presentar la solicitud de la subvención mediante el modelo normalizado que se encuentra a su disposición en la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya:http://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/21129-Foment_incorpporaci…Contacto para consultas: incentiusmesgrans45.soc@gencat.cat  Más información:DEPARTAMENTO RECURSOS HUMANOS Y FORMACIÓNAnabel Montónamonton@pimec.orgTel. 93 496 45 00 
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