07/05/2024
Se publican las bases reguladoras de las ayudas a nuevas oportunidades de negocio
Las ayudas a nuevas oportunidades de negocio, de concurrencia competitiva, permiten definir y hacer realidad proyectos de cambio estratégico para crear productos con mayor valor añadido, con el fin de acceder a nuevos sectores u ofrecer servicios diferenciales, entre otros.
Pueden ser beneficiarias las empresas con establecimiento operativo en Cataluña, que estén constituidas según las siguientes formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral o sociedad cooperativa.
Las ayudas cuentan con las siguientes líneas:
Línea 1: Proyectos empresariales de cambio estratégico, consistentes en la realización de un plan de negocio por parte de un consultor externo (acreditado por ACCIÓ en el área de experiencia de estrategia), para desarrollar una nueva oportunidad de negocio identificada por la empresa en su plan estratégico.
Se entenderá por nueva oportunidad de negocio el inicio de una actividad no habitual para la empresa o la potenciación de una actividad ya existente que pueda constituir, en el futuro, una importante línea de negocio. Puede ser la creación de una nueva gama de productos de mayor valor añadido, el acceso a mercados de otros sectores de actividades no previstos hasta el momento, la servitización de sus productos o fusiones de empresas.
El gasto subvencionable será el asesoramiento de los proveedores acreditados por ACCIÓ, con una intensidad de ayuda del 75% de este gasto (máximo 30.000 €).
Las actividades subvencionables se podrán realizar desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Línea 2: Proyectos empresariales de cambio estructural, consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo. Habrá que aportar un plan de negocio en el que se defina y se analice la nueva oportunidad a implementar y se indiquen las medidas y recursos que se consideren necesarios para garantizar la viabilidad de la nueva línea de negocio.
Se considerarán subvencionables los siguientes gastos:
– Adquisición de maquinaria y equipamientos (se excluyen activos inmobiliarios, obra civil, instalaciones asociadas a la obra civil y gastos de ingeniería)
– Gastos externos vinculados exclusivamente a la nueva actividad (prototipos, pruebas de simulación, estudios de buenas prácticas, certificaciones, homologaciones de producto, software o similares)
– Gastos específicos de formación externa del personal para adaptarse a la nueva actividad
– Gastos de personal interno dedicado exclusivamente a la implementación de la nueva actividad
– Gastos de realización del informe de auditoría (máximo 1.000 €)
Se excluyen las actuaciones destinadas a la simple reducción de costes en la actividad económica habitual de la empresa, los proyectos dirigidos al desarrollo de un negocio internacional, la ampliación de instalaciones, los proyectos de digitalización y los proyectos que no supongan una nueva oportunidad para la empresa.
El importe máximo de la ayuda será de 90.000 € (210.000 € para los proyectos localizados en municipios de las zonas de transición nuclear*). Las intensidades máximas de las ayudas son las siguientes:
Las actividades subvencionables de los proyectos de cambio estructural se podrán llevar a cabo a partir de la fecha de solicitud y hasta el 31 de diciembre de 2026.
Línea 3: Proyectos empresariales de captación de talento, consistentes en la creación neta de puestos de trabajo cualificados (titulación universitaria o bien conocimientos equivalentes equiparados para la empresa o de experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional) en los municipios de las zonas de transición nuclear*.
Habrá que presentar un plan de negocio en el que se defina y se analice la nueva oportunidad a consolidar y se indiquen las medidas y recursos que se consideren necesarios.
Se considera subvencionable el coste laboral de los primeros 12 meses del nuevo personal contratado, así como el gasto de realización del informe de auditor (máx. 1.000 €).
La cuantía de las subvenciones será de hasta el 75% del gasto subvencionable aceptado del proyecto, con un máximo por contrato calificado de 50.000 € y una ayuda máxima de hasta 200.000 € por proyecto.
Las actividades subvencionables se podrán llevar a cabo desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.
*Municipios de zonas de transición nuclear
Aitona
Alcanó
Alforja
Almatret
Arbolí
Ascó
Batea
Bellaguarda
Bellmunt del Priorat
Benifallet
Benissanet
Bot
Botarell
Bovera
Cabacés
Camarles
Capçanes
Casserres
Colldejou
Corbera d’Ebre
Cornudella de Montsant
Deltebre
Duesaigües
El Cogul
El Lloar
El Masroig
El Molar
El Perelló
El Pinell de Brai
El Soleràs
Els Guiamets
Els Torms
Falset
Flix
Gandesa
Garcia
Ginestar
Granyena de les Garrigues
Gratallops
Horta de Sant Joan
Juncosa
La Bisbal de Falset
La Fatarella
La Figuera
La Granadella
La Granja d’Escarp
La Morera del Montsant
La Palma d’Ebre
La Pobla de Cérvoles
La Pobla de Massaluca
La Torre de Fontaubella
La Torre de l’Espanyol
La Vilella Alta
La Vilella Baixa
L’Albagés
L’Aldea
L’Aleixar
L’Ametlla de Mar
L’Ampolla
L’Argentera
Les Borges del Camp
Llardecans
Maials
Marçà
Margalef
Maspujols
Miravet
Montbrió del Camp
Mont-roig del Camp
Móra d’Ebre
Móra la Nova
Paüls
Poboleda
Porrera
Pradell de la Teixeta
Prat de Comte
Pratdip
Rasquera
Riba-roja d’Ebre
Riudecanyes
Riudecols
Riudoms
Sant Jaume d’Enveja
Sarroca de Lleida
Seròs
Tivenys
Tivissa
Torrebesses
Torroja del Priorat
Ulldemolins
Vandellòs i l’Hospitalet de l’Infant
Vilalba dels Arcs
Vilanova d’Escornalbou
Vinebre
Vinyols i els Arcs
Xerta
Si necesita apoyo puede dirigirse a: lgarcia@pimec.org
Tipología | Pequeña empresa | Mediana empresa | Gran empresa |
Maquinaria y equipamientos | 20% | 10% | 10% |
Gastos externos | 75% | 75% | 75% |
Gastos de formación | 25% | 25% | 25% |
Gastos de personal | 75% | 75% | 75% |
Gastos de auditoría | 100% | 100% | 100% |