
09/07/2025
Se abre la convocatoria de ayudas para la compensación de costes indirectos por emisiones de CO₂
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22 de julio de 2025.
Se ha publicado el Extracto de la Orden de 23 de junio de 2025 por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones previstas en el Real decreto 309/2022.
A continuación, le ofrecemos un breve resumen de los puntos más destacados de estas ayudas:
Objetivo: establecer un mecanismo para compensar las instalaciones industriales afectadas por el aumento del precio de la electricidad. Este incremento se debe a la repercusión del coste de las emisiones de CO₂ en el mercado europeo de derechos de emisión.
Este sobrecoste energético podría poner en riesgo la competitividad de ciertos sectores industriales estratégicos, incentivando su posible deslocalización (conocida como fuga de carbono).
Beneficiarios: personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a)Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
b)Realicen una o varias actividades o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I del Real Decreto 309/2022 adjunto.
c)Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO₂, en el año precedente a la convocatoria del mecanismo de compensación de ayudas, a consecuencia de los costes indirectos soportados en los gastos de suministro destinados a los procesos productivos.
Régimen reglado: el procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva.
Cuantía: la ayuda se calcula por instalación industrial, en base a los costes indirectos de emisiones de CO₂ repercutidos en el precio de la electricidad mediante una fórmula de cálculo.
Plazos
–Solicitud: El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22 de julio de 2025.
–Resolución: 6 meses a contar a partir de la publicación del extracto de la convocatoria.
ANEXO I
Sectores:
Más información:
Departamento de Medio Ambiente
Núria Vintró Bellapart
Teléfono: 972 22 55 77
Correo electrónico: nvintro@pimec.org
Código NACE (rev. 2) | Descripción | |
1 | 14.11 | Confección de prendas de vestir de cuero. |
2 | 24.42 | Producción de aluminio. |
3 | 20.13 | Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica. |
4 | 24.43 | Producción de plomo, zinc y estaño. |
5 | 17.11 | Fabricación de pasta papelera. |
6 | 17.12 | Fabricación de papel y cartón. |
7 | 24.10 | Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones. |
8 | 19.20 | Refinado de petróleo. |
9 | 24.44 | Producción de cobre. |
10 | 24.45 | Producción de otros metales no férreos. |
11 | Los siguientes subsectores dentro del sector de los plásticos (20.16): | |
20.16.40.15 | Polietilenglicoles y los demás poliéster-alcoholes, en formas primarias. | |
12 | 24.51 | Todas las categorías de productos en el sector de la fundición de hierro. |
13 | Los siguientes subsectores dentro del sector de la fibra de vidrio (23.14): | |
23.14.12.10 | Esteras de fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio). | |
23.14.12.30 | Velos de fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio). | |
14 | Los siguientes subsectores dentro del sector de los gases industriales (20.11): | |
20.11.11.50 | Hidrógeno. | |
20.11.12.90 | Compuestos oxigenados inorgánicos de elementos no metálicos. |