Se abre la convocatoria de ayudas del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES III)
09/07/2025

Se abre la convocatoria de ayudas del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES III)

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza cuando se agote el presupuesto disponible, o, como máximo, el 31 de diciembre de 2025.
Se ha publicado la Resolución TER/2501/2025, de 2 de julio, por la que se hace pública la convocatoria del año 2025 para la concesión de subvenciones del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) Las bases reguladoras de estas ayudas quedan definidas mediante el Real Decreto 266/2021. A continuación, le ofrecemos un breve resumen de los puntos más destacados de estas ayudas:   Objeto: hacer pública la convocatoria para la concesión de subvenciones del Programa MOVES III para el año 2025, que se rige por el Real decreto ley 3/2025 y por el Real decreto 266/2021.   Actuaciones subvencionables: serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación, que tendrán que cumplir los requisitos que se establecen en el anexo I: –Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila combustible. –Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.   Beneficiarios:
  1. Las personas físicas que desarrollen actividades económicas.
  2. Las personas físicas mayores de edad
  3. Las comunidades de propietarios.
  4. Las personas jurídicas.
  5. Entidades locales y el sector público institucional.
  Cuantía: la cuantía de las actuaciones subvencionables y los límites se incluyen en el anexo III del Real decreto 266/2021, de 13 de abril, teniendo en cuenta las modificaciones posteriores que lo han afectado mediante el Real decreto 406/2023, el Real decreto 821/2023, el Real decreto ley 4/2024 y el Real decreto ley 4/2024 para cada tipo de persona beneficiaria.   Plazos: -Solicitud: el plazo de presentación de la solicitud, acompañada de la documentación requerida en la base 9.3 de esta convocatoria, finaliza cuando se agote el presupuesto disponible, o, como máximo, el 31 de diciembre de 2025. -Resolución: es de un máximo de 6 meses, a contar desde la fecha de la presentación de la solicitud. -Ejecución: Como máximo el 31 de diciembre de 2026. -Justificación: Como máximo el 31 de diciembre de 2026.   Régimen reglado: se conceden las ayudas por orden de entrada de la solicitud.   Más información: Departamento de Medio Ambiente Núria Vintró Bellapart Teléfono: 972 22 55 77 Correo electrónico: nvintro@pimec.org
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