
08/01/2017
Real Decreto 742/2016 de 30 de diciembre, por el cual se fija el Salario Mínimo Interprofesional par
En este Real Decreto se establecen las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero del 2017, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporales, así como para el personal al servicio del hogar familiar.Las cuantías para el año 2017 suponen un aumento del ocho por ciento respecto a las del año 2016, como consecuencia de la mejora de las condiciones generales de la economía y favoreciendo, de forma equilibrada, su competitividad.Las cuantías que se establecen son las siguientes:1- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para cualquier actividad en la agricultura, la industria y los servicios será:- de 707,70 euros/mes o 23,59 euros/día, según si el salario está fijado por días o por meses y teniendo en cuenta que el SMI en cómputo anual en ningún caso podrá ser inferior a 9.907,80 euros.Esta cuantía computa únicamente la retribución en dinero sin que el salario en especie pueda en ningún caso dar lugar a la minoración de su cuantía íntegra.Sin embargo, este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se lleva a cabo una jornada inferior respecto a la jornada completa, el salario mínimo aplicable se determina a prorrata.2- Los trabajadores eventuales y temporales cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días- percibirán, conjuntamente con el SMI mencionado, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias correspondientes al salario de treinta días cada una de ellas, sin que en ningún caso la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 33,51 euros por jornada legal en la actividad.3- El SMI de los empleados del hogar que trabajen por horas será de:- 5,54 euros por hora efectivamente trabajada.Para más información pueden ponerse en contacto con el Departamento Jurídico Laboral en el siguiente número: 934 964 500.Sr. Vicenç González RoigDirector del Departamento Jurídico vgonzalez@pimec.org