Publicación de la convocatoria de programas de formación profesional para el empleo, de especialidades de la oferta de formación no formal, para personas trabajadoras empleadas
31/07/2024

Publicación de la convocatoria de programas de formación profesional para el empleo, de especialidades de la oferta de formación no formal, para personas trabajadoras empleadas

Ya se ha publicado la nueva convocatoria de programas de formación profesional para el empleo, de especialidades de la oferta de formación no formal, para personas trabajadoras empleadas, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña. Esta Resolución abre la convocatoria para el año 2024 para la presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones destinadas a los programas de formación profesional para el empleo, de especialidades de la oferta de formación no formal no conducentes a certificados de profesionalidad, para personas trabajadoras empleadas. Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 34.435.106,40 € ampliables a 36.549.106,40 €. Entidades destinatarias: Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de centros y entidades de formación, con instalaciones permanentes en Cataluña que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas y la atención a las personas participantes. Actuaciones subvencionables: -a) Los programas de formación transversales, dirigidos a la obtención de competencias transversales en distintos sectores de la actividad económica para dar respuesta a las tendencias identificadas y favorecer la empleabilidad y la movilidad intersectorial de las personas trabajadoras. Las especialidades de estos programas transversales pueden consultarse en el anexo 3 y 4 de la Resolución y se clasifican en ámbitos transversales. -b) Los programas de formación sectoriales, constituidos por acciones formativas dirigidas a la formación de las personas trabajadoras, con el fin de desarrollar formación de interés general para un determinado sector y para satisfacer necesidades específicas de formación del mismo. Personas destinatarias: Podrán participar las personas asalariadas que presten sus servicios en empresas privadas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación de las administraciones públicas y que coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional para el empleo. También podrán participar las personas trabajadoras fijas discontinuas en los períodos de no empleo, personas trabajadoras que accedan a la situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo o personas trabajadoras acogidas a la regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo. Finalmente, podrán participar las personas trabajadoras adscritas al sistema especial para personas trabajadoras por cuenta ajena incluidas en el régimen general de la Seguridad Social durante los períodos de inactividad. También podrán participar en las acciones formativas específicas propias de su actividad las personas cuidadoras de personas en situación de dependencia. También se prevé la participación limitada de los siguientes colectivos: -a) Hasta un 10% de las personas trabajadoras de la entidad beneficiaria, siempre que no supere el 10% del total de participantes. -b) Hasta un 30% del total de participantes podrán ser personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Cataluña. -c) Hasta un 10% del total de participantes podrán ser personal al servicio de las administraciones públicas (solo en actuaciones formativas transversales). Plazo de presentación de solicitud: El plazo de presentación se inicia el viernes 26 de julio de 2024 a las 9:00 h y finaliza el 17 de septiembre a las 14.00 h. Otras consideraciones: El otorgamiento será por concurrencia competitiva. En caso de solicitud en forma de agrupación, esta debe estar constituida en el momento de presentar la solicitud de subvención. El importe máximo de subvención que puede solicitar una entidad estará limitado al 100% de su cifra de negocio, con un importe máximo del 15% sobre el importe convocado para cada uno de los ámbitos transversales y sectoriales. Normativa reguladora ORDEN TSF/30/2020, de 11 de marzo RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2024 Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración: hperez@pimec.org
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