PIMEC presenta alegaciones en referencia a la decisión provisional del TSJC y reclama que se mida la
17/02/2016

PIMEC presenta alegaciones en referencia a la decisión provisional del TSJC y reclama que se mida la

• La patronal cree que la judicialización de este proceso sólo responde al interés de otras organizaciones empresariales para evitar medir la representativ
Barcelona, 18 de febrero de 2016. Ante la reciente decisión provisional del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que afecta al procedimiento de acreditación y atribución de la cuota de representatividad institucional de las organizaciones empresariales más representativas en el ámbito de Cataluña, PIMEC ha presentado un recurso ante la sala contenciosa del TSJC, alegando que la determinación de esta cuota es un interés público que hay que proteger.En este sentido, PIMEC considera que se tiene que poder determinar con criterios de objetividad y transparencia la representatividad de las organizaciones empresariales catalanas y, por lo tanto, defiende la necesidad de concretar, de forma específica, las cuotas de representatividad, a efectos de poder defender legítimamente los intereses de las empresas y, en particular, de las pymes y los autónomos, que son la razón de ser de PIMEC.En consecuencia, la patronal pide levantar la suspensión cautelar dictaminada recientemente por el TSJC puesto que, en caso contrario, se estaría dando vía libre a situaciones que no tienen razón de ser en nuestro ordenamiento jurídico, como es considerar representativa una organización por silencio administrativo positivo. La patronal recuerda que la Comisión Jurídica Asesora dictaminó la nulidad del reconocimiento, por silencio administrativo positivo, de la condición de organización empresarial más representativa en Cataluña a FEPIME. Entre otros motivos, porque no acreditaba los requisitos mínimos de representatividad: disponer del 15% de empresas y trabajadores en Cataluña y no estar integrada en federaciones o confederaciones de ámbito estatal.Sobre el nivel de competencias de la Generalitat para dictar el Decreto 206/2015, PIMEC señala que no es técnicamente correcto determinar, en sede de medidas cautelares, cuestiones competenciales que suponen prejuzgar el fondo del asunto, tal como han declarado de forma reiterada nuestros tribunales. Este tipo de pronunciamiento sólo se podría producir en aquellos casos en que la carencia de competencia sea flagrante, circunstancia que no se da en este caso.PIMEC cree que la judicialización de este proceso sólo responde al interés de otras organizaciones empresariales para evitar medir la representatividad y avisa que usará todas las vías que tenga a su alcance para que el mapa patronal catalán sea claro, transparente y objetivo.
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