10/02/2015
PIMEC, como miembro de la PMcM, refuerza el “Manifiesto Tolerancia Cero con la Morosidad”
El presidente de PIMEC ha estado presente en la III Cumbre Político-empresarial de la Morosidad, celebrada hoy en Madrid
La patronal insiste en la neces
Barcelona, 11 de febrero de 2015. PIMEC refuerza el “Manifiesto Tolerancia Cero con la Morosidad”, promovido por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) en el marco de la III Cumbre de la Morosidad celebrada hoy en el CaixaForum de Madrid. Hoy se ha conseguido un gran pacto con los partidos y los grupos del arco parlamentario para el cumplimiento del plazo máximo de pago a proveedores de 30 días en las administraciones públicas y de 60 en el entorno empresarial, tal y como contempla la actual legislación.
Josep González, presidente de PIMEC, ha estado presente en el encuentro político-empresarial que también ha contado con la participación del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro; la directora de Emprendimiento y Pymes de la Comisión Europea, Joanna Drake; el director de la Representación en España de la Comisión Europea, Francisco Fonseca; así como de representantes de partidos políticos como el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez; Rafael Hernando del PP, Alberto Garzón de Izquierda Unida, Josep Sánchez-Llibre del Grupo Catalán, Pedro Azpiazu del Grupo Vasco, y Álvaro Anchuelo de UPyD.
Gobierno y partidos políticos han coincidido en que es necesario un consenso unánime para conseguir acabar con esta problemática que se ha intensificado en los últimos años. La morosidad ha causado el cierre de unas 400.000 empresas, principalmente pymes, desde el inicio de la crisis en el Estado español.
Por ello, las fuerzas parlamentarias también se han adherido al “Manifiesto Tolerancia Cero con la Morosidad” de la PMcM. De cumplirse las propuestas que contiene, no sólo se acabaría con la dilación abusiva de los plazos de pago a proveedores, sino que estaríamos ante un compromiso político que permitirá que no se realicen más trampas para saltarse legalmente los plazos de pago. Según el último informe, el plazo medio de pago del sector privado pasó de 93 días en 2012 a 85 en 2013, frente a los 60 días que marca la ley. Por su parte, el período de pago del sector público mejoró en 30 días, reduciéndose de 141 días en 2012 a 111 en 2013, cifra que, aun así, casi cuadruplicaba el máximo legal (30 días).
“Manifiesto Tolerancia Cero con la Morosidad” de la PMcM
Este manifiesto aboga por un acuerdo de tolerancia cero ante la morosidad. Se trata de una declaración de intenciones que hace hincapié en una de las reivindicaciones clave en el planteamiento de esta entidad: el régimen sancionador, con el que se pretende multar a las empresas que no paguen a sus proveedores en los plazos establecidos por ley.
PIMEC entiende que un régimen sancionador es la única manera de conseguir un mayor cumplimiento del plazo de pago máximo de 60 días establecidos por la Ley de lucha contra la morosidad. Con las sanciones se evitarían muchos de los malos hábitos de pago que existen en nuestro país, acabando con las prácticas abusivas de imponer plazos de pago leoninos.
El “Manifiesto Tolerancia Cero con la Morosidad” también recoge otras propuestas para reducir de forma efectiva esta práctica. Entre ellas, la PMcM propone implantar medidas no coercitivas de intermediación extrajudicial, como la figura del mediador, que tanto éxito ha tenido en Francia. Así mismo, se contempla crear un mecanismo que asegure que los contratistas paguen a sus subcontratistas; y desarrollar un Observatorio contra la Morosidad que incluya la participación activa y explícita de la PMcM. La puesta en marcha de esta plataforma permitiría conocer con rigor el comportamiento en los pagos de nuestro país.
El manifiesto lo completan medidas referidas a los gastos y costes inherentes al cobro de facturas fuera del plazo, que deben ser abonadas por el comprador, siendo irrenunciable el derecho a recibir intereses de demora. Otra de las consideraciones recogidas en el documento es que se tiene que implementar a la práctica la reserva del dominio, que es un derecho recogido en el Ley contra la Morosidad, aunque muy difícil de ejercer en la realidad empresarial.
De igual manera, hay que dotar a los acreedores de los instrumentos para la reposición inmediata de los bienes no pagados por el deudor cuando exista una cláusula de reserva de dominio en el contrato. Además, es necesario evitar que la liquidación de facturas mediante títulos cambiarios o a través de servicios financieros, como el confirming, permita a los compradores ampliar los plazos de pago legales.