PIMEC celebra la aprobación del Reglamento Europeo contra la Morosidad y urge al Consejo de la UE a su aplicación definitiva
23/04/2024

PIMEC celebra la aprobación del Reglamento Europeo contra la Morosidad y urge al Consejo de la UE a su aplicación definitiva

La patronal espera ahora que el Consejo de Europa no se oponga a la aprobación del Reglamento Europeo Barcelona, 23 de abril de 2024. PIMEC ha celebrado que el Parlamento Europeo haya aprobado hoy el Reglamento Europeo contra la Morosidad, que marcará “el fin de los plazos abusivos que minan la competitividad y viabilidad de las empresas, especialmente las pymes y las personas autónomas, afectando a su productividad y capacidad de empleo”. Así se ha expresado el presidente de la patronal, Antoni Cañete, quien ha añadido que este hecho “supone un avance extraordinario, democrático y sin precedentes, pero nos falta todavía el broche final, que es que se apruebe definitivamente en el Triálogo, esto es, en las próximas negociaciones entre el Consejo de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea. El Triálogo se celebrará tras las próximas elecciones al Parlamento Europeo de junio, una vez constituido y bajo la presidencia de la Unión Europea por parte de Hungría. “Que el Reglamento Europeo se apruebe más rápido o con mayor lentitud dependerá, en parte, del Gobierno húngaro, que son los que tienen que promover el acuerdo en el Consejo de Europa”, ha explicado Cañete. PIMEC desea que el Consejo de Europa no se oponga a la aprobación del Reglamento Europeo. “Tenemos constancia de que hay determinados países -como Alemania, Francia y Holanda- que, al no sufrir problemas de morosidad, no es que no necesiten esta normativa, sino que además su futuro funcionamiento les supondría un añadido de burocracia que se quieren evitar, y es por ello que quizás decidan oponerse a su aprobación”. Ante esta situación, Cañete les insta a que “no se opongan para agilizar su puesta en marcha, y que el texto definitivo sea lo más cercano al planteado, para que puedan beneficiarse millones de personas autónomas y pymes en toda Europa, que son los que más sufren la lacra de la morosidad”.   Sanciones y plazos de pago más cortos El nuevo reglamento será de obligado cumplimiento, por lo que todos los Estados miembros tendrán que cumplirlo una vez que se apruebe definitivamente. Según el presidente de PIMEC, la normativa, en su perspectiva de establecer un marco sólido en cuanto a los plazos de pago, “mejorará la liquidez económica y la viabilidad de las empresas”, ya que prevé sancionar a las empresas morosas si exceden el plazo de pago general fijado en 30 días, o en 60 para casos de necesidad de periodo de certificación. Además de las sanciones y de los plazos de pago fijados, en el Reglamento Europeo está previsto que haya la posibilidad de compensación de créditos con las AAPP y que se prohíba la utilización de medios de pago que alteren las condiciones de pago. Incumplimiento de los plazos de pago en España El también presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad ha denunciado que “la morosidad es una lacra en España. Según el último informe anual de dicha entidad, durante 2023 el plazo medio de pago del sector privado aumentó 3 días (hasta los 70 días de media), mientras que el del sector público se redujo en 12 días (hasta situarse en una media de 55 días). En ambos casos son registros que sobrepasan los plazos medios de pago establecidos por la Ley 15/2010: un total de 60 días para las empresas y de 30 días para las AA.PP. Concretamente en el sector privado, para el 59% de los encuestados el tipo de cliente por tamaño de empresa que más tarda en pagarles son las grandes empresas (las que tienen una facturación superior a 50 millones de euros). Solo el 19% de las grandes compañías les pagan dentro del plazo legal. Finalmente, Cañete considera que “la adopción de una norma revisada sobre morosidad, como es el futuro Reglamento Europeo, proporcionará a las pymes españolas un marco jurídico sólido y previsible para hacer frente a los retrasos en los pagos, tanto en las relaciones entre empresas como entre empresas y administraciones públicas”.  

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