
16/04/2023
Kit Digital: Documentación y plazos para agentes digitalizadores
Desde la puesta en marcha del programa Kit Digital, las empresas tecnológicas que hacen de agentes digitalizadores han manifestado algunas dudas y han expresado las dificultades con que se encuentran a la hora de justificar y cobrar la ayuda. Por eso, a continuación explicamos con información detallada cómo resolver las dudas más frecuentes.PlazosEl plazo para presentar la solicitud como agente digitalizador se mantendrá abierto todo el tiempo de duración del programa Kit Digital y se puede hacer a través de Red.es, la entidad que gestiona este proyecto a través de su sede electrónica.Por otro lado, el plazo para solicitar la ayuda se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2024. Esto quiere decir que las personas empresarias autónomas y empresas de menos de 50 personas trabajadoras podrán solicitar hasta esta fecha las ayudas y optar a los bonos digitales para la implementación de las siguientes soluciones de digitalización:Sitio web y presencia en Internet.Gestión de redes sociales.Comercio electrónico.Gestión de clientes.Servicios y herramientas de oficina virtual.Inteligencia empresarial y analítica.Gestión de procesos.Factura electrónica.Comunicaciones seguras y ciberseguridad.Para el segundo y tercer segmento, también están disponibles las soluciones de presencia avanzada en Internet y Marketplace.DocumentaciónEl acuerdo de prestación es el contrato que tienen que firmar la empresa beneficiaria del bono digital y el agente digitalizador. Éste establece la relación comercial y recoge información como el servicio a implementar, funcionalidades, plazo de ejecución, obligaciones de ambas partes respecto a la ayuda concedida, y el importe del bono digital aplicable.Una vez formalizado el acuerdo se podrá proceder a la prestación del servicio de digitalización y, cuando la empresa solicitante del bono digital haya sido notificada de forma positiva en el otorgamiento de la ayuda, hay un plazo de 6 meses para que ambas partes firmen el Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales. Este plazo es de 3 meses para los bonos concedidos a las empresas del segmento I (entre 10 y hasta menos de 50 trabajadores).Este documento tiene que incluir los siguientes aspectos:Identificación de las partes firmantes, con poder de representación suficiente.La referencia al bono digital y al código de identificación del agente digitalizador.El coste total de la solución de digitalización contratada y la fecha del contrato.Prueba de conformidad de la oferta por parte del beneficiario.Las características técnicas y el precio publicado en la referencia del catálogo.El cálculo del coste total de la solución de digitalización.El desglose de los conceptos subvencionables y sus importes.El importe que el beneficiario tendrá que abonar de sus fondos.El importe del bono digital como derecho al cobro de la subvención concedida.La forma de acreditación y el calendario de pago por cada fase.El conjunto de obligaciones de las partes y el compromiso de cumplir y garantizar el principio de no causar daño significativo del artículo 11 y obligaciones adquiridas.Las indemnizaciones que tienen que recibir las partes en caso de incumplimiento.Las cláusulas aplicables a la resolución de posibles conflictos entre las partes.Las cláusulas aplicables en caso de perder la condición de Agente Digitalizador.Las declaraciones responsables.Por otro lado, se tiene que realizar una justificación de la actividad subvencionada por cada acuerdo de prestación de soluciones de digitalización. Lo tienen que hacer los agentes de digitalización, en nombre de los beneficiarios, y en conformidad con las fases de prestación de la solución establecidas en el acuerdo de prestación, mediante cuenta justificativa simplificada con aportación de justificantes de gasto.Su presentación se llevará a cabo exclusivamente a través del formulario digital preestablecido y disponible a través de la sede electrónica de la plataforma Acelera Pyme que se determine en cada convocatoria; y el plazo máximo para presentar la justificación será de 3 meses desde la finalización de cada una de las fases de prestación de la solución, o las que establezca cada convocatoria.Finalmente, el agente digitalizador emitirá una única factura por el importe total de la solución de digitalización, que debe reflejar la reducción en el importe a abonar por el beneficiario en relación con la parte subvencionada. Esta tiene que cumplir los siguientes requisitos:Número de referencia del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.Solución de digitalización adoptada y el periodo de prestación de ésta.Cuantía correspondiente a la subvención concedida.Indicación expresa que ha sido financiado a través del programa Kit Digital.Para más información, podéis consultar la página web del programa o escribir un correo electrónico al servicio de atención personalizada para agentes digitalizadores de Red.es