Factura eléctrica: posibilidad de reclamar el importe proporcional a la potencia no utilizada
04/05/2015

Factura eléctrica: posibilidad de reclamar el importe proporcional a la potencia no utilizada

El Real Decreto 1164/2001, que establece las tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, especifica en su art. 9 que en las tarifas 3.0A y 3.1A, cuando la potencia máxima demandada en el periodo a facturar sea inferior al 85 por 100 de la potencia contratada, la potencia a facturar será igual al 85 por 100 de la citada potencia contratada. Desde PIMEC, hemos constatado algunos casos en los que no se ha aplicado lo indicado en el BOE y se ha facturado el 100 por 100 de la potencia contratada. Estos casos pueden ser objeto de reclamación para que la compañía comercializadora reembolse a la empresa la cantidad facturada de más. Si deseas más información sobre estas reclamaciones de reembolso, contacta con el Departamento Jurídico de PIMEC, en el teléfono 93 496 45 00.
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