El Tribunal Supremo confirma el derecho de los compradores de acciones de Bankia a solicitar la anul
10/02/2016

El Tribunal Supremo confirma el derecho de los compradores de acciones de Bankia a solicitar la anul

El TS confirma el derecho de los compradores de acciones de Bankia a solicitar la anulación de sus contratos y la devolución de las cantidades pagadas.
El Tribunal Supremo ha desestimado dos recursos de Bankia contra la anulación de la adquisición de sus acciones en su salida a Bolsa, confirmando dos sentencias de las Audiencias Provinciales de Valencia y Oviedo, que obligan a Bankia a devolver a dos compradores de acciones el dinero que invirtieron, lo que confirma que hubo error en el consentimiento prestado por su parte debido a que existían “graves inexactitudes” en el folleto de la oferta pública de títulos de la entidad, cuya salida a Bolsa se produjo el paso mes de julio de 2011.Ambas resoluciones judiciales del Tribunal Supremo rechazan los recursos que presentó Bankia, tratando de evitar la nulidad de las órdenes de suscripción de acciones, por estimar que el folleto de salida a Bolsa contenía información que no reflejaba la situación económica real de la entidad.Asimismo, el Tribunal ha desestimado la solicitud de Bankia de que todas las causas civiles iniciadas en el mismo sentido quedaran paralizadas hasta la resolución definitiva de la causa penal abierta en la Audiencia Nacional por su salida a Bolsa, en la que están imputados su expresidente Rodrigo Rato y otros responsables de la entidad.Como consecuencia de todo ello, Bankia ha provisionado 1.840 millones de Euros para hacer frente a las reclamaciones que puedan interponer los más de 300.000 afectados, sean minoristas o profesionales, aunque se prevé que tal previsión pueda ser insuficiente, dado que la cifra podría alcanzar los 3.000 millones de euros.Todo ello ha derivado en la posibilidad de que los accionistas de Bankia  acudan a la vía judicial para recuperar la totalidad de la inversión realizada, junto con sus correspondientes intereses, siendo recomendable el inicio de tales actuaciones judiciales con anterioridad al próximo 25 de mayo de 2016, para evitar posibles problemas de prescripción o caducidad, por ser ésta la fecha en la que se cumplirá el plazo de 4 años desde la suspensión de la cotización bursátil de Bankia, que tuvo lugar el 25 de mayo del 2012.Por tanto, es conveniente iniciar las acciones de reclamación por vía judicial con anterioridad al 25 de mayo de 2016.Más información:DEPARTAMENTO JURÍDICO Y LABORALSr. Vicenç González RoigTeléfono: 93 496 45 00Correo electrónico: vgonzalez@pimec.org 
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