El TJSM dicta sentencia sobre la indemnización por la finalización de contrato por causas objetivas
05/10/2016

El TJSM dicta sentencia sobre la indemnización por la finalización de contrato por causas objetivas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a partir de la argumentación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de septiembre sobre la trabajad
En este sentido entiende que «»no se puede discriminar a la afectada en cuanto a la extinción de la relación laboral como consecuencia del tipo de contrato suscrito. Tiene derecho a igual indemnización que la que correspondería a un trabajador fijo comparable si se extinguiese su contrato por otra causa objetiva, siendo en este caso evidente la igualdad en los términos de comparación respecto de la trabajadora a la que ha venido sustituyendo «».Se posiciona así el TJSM ante la indemnización a percibir en caso de finalización de la relación laboral por causas objetivas, sea cual sea el tipo de contrato, indemnización que corresponde a 20 días de salario por año trabajado según lo dispuesto en el argt .53.1.b) del Estatuto de los Trabajadores.También ayer, 5 de octubre, se aprobó una proposición no de Ley en el Congreso instando al Gobierno a la constitución, de forma inmediata, de una mesa de diálogo y negociación con las diferentes formaciones políticas y los agentes sociales y económicos, con el objeto de que la legislación laboral española se actualice de acuerdo con las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 14 y el 21 de septiembre de 2016.En este sentido la ministra de Empleo, Fátima Báñez, había declarado el pasado martes que el Ministerio está estudiando la sentencia del TUE para encontrar el encaje en el ordenamiento jurídico español, con el objetivo de buscar una solución dialogada con los agentes sociales , las comunidades autónomas y los partidos políticos.Os mantendremos puntualmente informados de todas las acciones que se vayan llevando a cabo. 
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