El BOE de 30/12/2024 hace pública la Orden ISM/1417/2023, de 29 de diciembre, por la que se regula l
22/01/2024

El BOE de 30/12/2024 hace pública la Orden ISM/1417/2023, de 29 de diciembre, por la que se regula l

La nueva regulación será de aplicación desde el 1/01/2024 hasta el 31/12/2024. Esta normativa da continuidad al marco jurídico para la circulación de personas trabajadoras extranjeras en la búsqueda de empleo en España. Respecto a la anterior Orden ISM/1302/2022, que entró en vigor el 1 de enero de 2023 y se aplicó hasta el 31 de diciembre de 2023, se destaca que la nueva Orden ISM/1417/2023 amplía los sectores y profesiones que pueden beneficiarse de esta modalidad de contratación. Además, con la nueva orden se simplifican los requisitos para la solicitud de autorización de residencia y trabajo. En concreto, se reduce la documentación necesaria, puesto que ya no se exige la presentación de un certificado de idoneidad para el empleo y se simplifica el proceso de selección, dado que ya no es necesario celebrar una entrevista personal con las personas trabajadoras seleccionadas en origen. Finalmente, la nueva Orden ofrece mayor flexibilidad a las personas trabajadoras migrantes. En concreto, se permite que estas puedan residir y trabajar en España durante un máximo de 9 meses al año, en lugar de los 6 meses de la Orden ISM/1302/2022. Como valoración general, la Orden ISM/1417/2023 simplifica y amplía los requisitos para la gestión colectiva de contrataciones en origen, con el fin de facilitar la movilidad laboral de las personas migrantes y contribuir a la cobertura de las necesidades del mercado de trabajo nacional. Si tiene cualquier duda, puede contactar con el Departamento Jurídico de PIMEC. Itziar Ruedasiruedas@pimec.orgDirectora del departamento jurídico 
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