
19/05/2025
Autónomos: obligación de revisar y comunicar el nuevo código de Actividad CNAE 2025 antes del 30 de junio
Si eres autónomo/a, revisa tu código de actividad y, si es necesario, comunícalo antes del 30 de junio de 2025. Esta obligación afecta a todas las personas trabajadoras autónomas registradas en la Seguridad Social, aunque muchas comunicaciones solo hacen referencia a “empresas”.
El Real decreto 10/2025, de 14 de enero, aprobó la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025), que sustituye al anterior CNAE-2009. Esta nueva clasificación afecta a todas las personas trabajadoras autónomas que ya consten registradas en la Seguridad Social.
Aunque muchas comunicaciones hablan de “empresas”, la norma es clara: los autónomos también deben comunicar el nuevo código de actividad si no existe una equivalencia directa con el código antiguo.
¿Qué es el CNAE y por qué es necesario actualizarlo?
El CNAE es el código que identifica oficialmente la actividad económica desarrollada. Está vinculado al IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y tiene implicaciones tributarias, estadísticas y, en algunos casos, en el acceso a ayudas o prestaciones.
El CNAE-2025 se aprobó para adaptar la clasificación a la realidad económica actual y armonizarla con los estándares europeos.
Principales obligaciones para el colectivo de autónomos:
Plazo de comunicación: hasta el 30 de junio de 2025.
¿Quién debe hacerlo?
-Las personas autónomas dadas de alta antes del 16 de enero de 2025.
-La comunicación no será necesaria si tu actividad tiene una equivalencia directa con el nuevo código CNAE (la TGSS lo actualizará automáticamente).
-Si, en cambio, tu actividad no tiene una equivalencia única, será necesario seleccionar el código CNAE-2025 que mejor se ajuste a la actividad desarrollada, y deberás comunicar tú mismo/a el nuevo código.
Actividades múltiples: si desarrollas más de una actividad, es necesario comunicar el código CNAE para cada una.
Impacto potencial: el código CNAE puede influir en:
-la cotización a la Seguridad Social,
-el acceso a bonificaciones o prestaciones,
-la relación con la Mutua colaboradora con la Seguridad Social (MCSS), ya que el código CNAE determina el nivel de riesgo asociado a la actividad y puede afectar a las coberturas aplicables, especialmente en casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional,
-y también en el acceso a ayudas o medidas públicas específicas por sector, ya que tener bien asignado el código CNAE es clave para ser correctamente identificado dentro de tu sector de actividad, y esto puede condicionar si puedes o no acogerte a determinadas líneas de apoyo.»
¿Cómo se comunica el nuevo CNAE-2025?
-Comunica tu CNAE aquí
-A través del servicio «Comunicar CNAE25» del portal Importass https://portal.seg-social.gob.es desde tu Área Personal, en el apartado «Datos de trabajo autónomo»
Para ampliar la información, puede consultar la noticia publicada por el departamento jurídico de Pimec: Nueva clasificación de actividades económicas CNAE-2025
Más información y consultas: sballell@pimec.org