
23/04/2017
Aprovecha las nuevas ayudas económicas para proyectos de fomento de la economía circular
Este año ha entrado en vigor la Resolución TES / 792/2017, de 10 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Clase A. Proyectos de implementación en el mercado de nuevos productos o servicios de las categorías siguientes:
1. Ecodiseño de productos o servicios que promuevan la prevención de residuos a lo largo del ciclo de vida, a excepción de los proyectos que se centran exclusivamente en la reducción de residuos en la etapa de fabricación.
2. Reutilización de productos.
3. Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o fabricante de estos productos, con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos (take-backschemes).
4. Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales distintos del agua.
5. Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
6. Nuevos procesos o tecnologías que permitan valorizar residuos que actualmente no se están valorizando, o que aumenten el rendimiento y/o la calidad de operaciones existentes de valorización de residuos de terceros.
7. Minería de vertederos para la recuperación de materiales.
Clase B. Estudios de obtención y testeo de prototipos o proyectos demostrativos de nuevos productos o servicios, de las siguientes categorías:
1. Ecodiseño de productos o servicios que promuevan la eficiencia de los recursos materiales distintos del agua, a excepción de los proyectos que se centran exclusivamente en la reducción de residuos en la etapa de fabricación.
2. Reutilización de productos.
3. Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o fabricante de estos productos, con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos (take-backschemes).
4. Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales distintos del agua.
5. Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
6. Nuevos procesos o tecnologías que permitan valorizar residuos que actualmente no se están valorizando, o que aumenten el rendimiento y/o la calidad de operaciones existentes de valorización de residuos de terceros.
7. Minería de vertederos para la recuperación de materiales.
Las clases son excluyentes entre sí. Un mismo proyecto no puede ser de clase A y B a la vez.
BENEFICIARIOS
Empresas privadas y agrupaciones de empresas privadas que tengan al menos un establecimiento operativo ubicado en Catalunya.
Será la empresa beneficiaria o las empresas agrupadas beneficiarias las responsables de justificar los trabajos y las que lleven a cabo la actividad subvencionada.
Un mismo beneficiario puede presentar un máximo de dos proyectos.
IMPORTE SUBVENCIONABLE
El importe de la ayuda será de un máximo del 75% de los gastos objeto de la ayuda para pymes, o del 50% si el beneficiario no es una pyme, con un máximo de 30.000 euros por proyecto.
PLAZOS
Solicitud: El plazo de presentación de solicitudes será el que se prevé en la resolución de la convocatoria pendiente de publicar.
Ejecución actuaciones: El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención será de 24 meses a contar desde la fecha de la resolución de otorgamiento de la subvención.
No serán subvencionables las actuaciones iniciadas con anterioridad a la solicitud de ayuda.
Adjuntamos el enlace web en la Resolución TES/792/2017,dondepuedes consultar la documentación que es necesario presentar con la solicitud (artículo 8).
Más información:
DEPARTAMENTO de Medio Ambiente
Núria Vintró Bellapart
Teléfono: 972 22 55 77
Correo electrónico: nvintro@pimec.org