Apertura convocatoria: línea de actividades de promoción internacional
23/09/2024

Apertura convocatoria: línea de actividades de promoción internacional

Ya se ha publicado en el DOGC la resolución EMT/3319/2024, de 16 de septiembre, por la que se abre la convocatoria para el año 2024 de la Línea de Actividades de Promoción Internacional (ref. BDNS 785717) de ACCIÓ (Agencia para la Competitividad de la Empresa). El objetivo de esta línea es incentivar que las empresas realicen actuaciones de promoción internacional, en particular actuaciones digitales. La línea se dirige a empresas con experiencia exportadora esporádica con el objetivo de que lo hagan con carácter regular. Deben ser empresas con sede operativa en Cataluña (S.L., S.A. o sociedades cooperativas –no fundaciones). Deberán contar con una facturación mínima de 250.000 € en el último ejercicio cerrado y disponer de web en al menos un idioma extranjero. Hay que tener en cuenta que quedarán excluidos los siguientes sectores: empresas dedicadas a la intermediación o distribución que no comercialicen una marca propia, o aquellas empresas del sector turístico, cultural o deportivo cuyo objetivo sea atraer a clientes hacia Cataluña. A continuación, detallamos algunos de los gastos subvencionables que contempla esta ayuda: Gastos de promoción digital:
  1. a) Servicios externos
Desarrollo web y/o e-commerce y creación de contenidos de alcance internacional:
  • Gastos de programación y diseño de webs de ámbito internacional.
  • Gastos de creación de contenidos con orientación internacional a través de la web como textos, sesiones fotográficas, infografías, animaciones o vídeos.
Desarrollo de acciones del plan de marketing digital y campañas publicitarias internacionales para mejorar el posicionamiento de marca:
  • Gastos derivados del desarrollo de acciones de marketing internacional en canales digitales como el desarrollo de páginas de aterrizaje para campañas, la optimización del posicionamiento internacional en buscadores, desarrollo de contenidos mediante un blog, gestión de la comunicación en redes sociales o acciones de marketing a través del correo electrónico.
  • Gastos publicitarios en canales digitales como campañas en redes sociales, posicionamiento patrocinado en buscadores o campañas con banners en webs internacionales.
  • Gastos de agencias o personas expertas en comunicación y marketing digital para asesorar y desarrollar acciones de marketing digital en mercados internacionales.
Participación en mercados electrónicos y directorios digitales internacionales.
  • Cuotas de alta y permanencia en mercados electrónicos y directorios online internacionales.
  • Gastos de campañas publicitarias realizadas en mercados electrónicos y directorios online internacionales.
Gastos de agencias especializadas para gestionar y optimizar su presencia en los mercados electrónicos. Los servicios que se pueden incluir son:
  • Estudio de viabilidad para trabajar en uno o más mercados electrónicos o en una selección de los más adecuados.
  • Proceso de alta, gestión inicial de la cuenta y formación del/de los mercado/s electrónico/s.
  • Alta y optimización de cuenta en mercados electrónicos B2B.
  • Alta y optimización de cuenta en mercados electrónicos B2C.
  • Otros servicios a medida para la internacionalización digital a través de mercados electrónicos.
  Gastos de promoción física:
  1. a) Gastos externos:
  • Participación en actos de promoción internacional fuera de España: ferias, congresos, exposiciones, promoción en punto de venta, degustaciones, seminarios, entre otros.
  • Gastos vinculados a la organización de la actuación como el alquiler de espacios, alquiler de mobiliario, decoración y/o contratación de intérpretes o personal de soporte.
  • Gastos vinculados a la asistencia a ferias, congresos o cualquier acto de promoción internacional: coste de la entrada (una entrada por empresa y acto).
No se subvencionarán las actividades de promoción internacional ya subvencionadas por ACCIÓ u otros organismos de promoción exterior.
  • Realización de los trámites necesarios para certificar/homologar un producto y/o registrar una marca en el exterior.
  • Gastos vinculados al proceso de certificación, homologación y registro de marca necesarios para la comercialización internacional de productos, a excepción de las tasas y del envío y devolución/destrucción de muestras después de los ensayos.
No se admitirán los gastos relacionados con la realización de las auditorías y visitas de seguimiento/mantenimiento de certificaciones obtenidas con anterioridad, ni para la renovación de marcas.
  • Gastos de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada a la que se refiere la base 13 de estas bases. El coste subvencionable máximo aceptado por este concepto será de 1.000 €.
La cuantía de la subvención será de máximo 20.000 euros (mínimo gasto solicitado 12.500 euros) y el plazo de ejecución de los proyectos es del 1 de enero de 2024 al 31 diciembre 2025. La empresa deberá justificar un mínimo del 60% del presupuesto presentado en la solicitud. De lo contrario, perderá la ayuda. Le recomendamos que lea las bases con detenimiento. Se podrán presentar las solicitudes desde las 9:00 h del día siguiente al de la publicación de esta resolución y hasta el 6 de noviembre a las 14:00 h.   Para más información: Teresa Forrellat (tforrellat@pimec.org).
Compartir:

linkedin share button