Sistemas de alarma conectados a una central receptora de alarmas (CRA): es necesario adaptarse a la
07/09/2023

Sistemas de alarma conectados a una central receptora de alarmas (CRA): es necesario adaptarse a la

El 31 de diciembre de 2023 finaliza el período transitorio de adecuación a los grados de seguridad de los sistemas de seguridad instalados, establecido en la normativa de seguridad privada. Esta normativa comporta la necesidad de adaptación de estos sistemas instalados con anterioridad a agosto de 2011. La consecuencia de la no adaptación es la desconexión del sistema de seguridad, aparte de sanciones económicas en casos en que en una inspección se detecte un incumplimiento.Los grados de seguridad son los niveles de seguridad certificados de los componentes que forman parte del sistema de seguridad, que deben cumplir las características técnicas que establece la normativa en función del riesgo: Grado 1Riesgo bajoSistemas de alarma con señalización acústicaNo conexión a central receptora de alarmas (CRA) o centro de control Grado 2Riesgo bajo/medioViviendas y pequeños comercios que se conecten a CRA o centro de controlConexión a CRA o centro de control Grado 3Riesgo medio/altoEstablecimientos obligados a disponer de medidas de seguridadConexión a CRA o centro de control Grado 4Riesgo altoInfraestructuras críticas, instalaciones militares, establecimientos que almacenan material explosivo /materias peligrosas /efectivoConexión a CRA o centro de control Solicite a una empresa instaladora de sistemas de seguridad debidamente acreditada que realice los cambios pertinentes. Recordemos que toda adaptación/manipulación/modificación de un sistema de seguridad privada debe ser realizado por una empresa de seguridad privada debidamente inscrita como tal y autorizada para realizar esta actividad. Más información:https://interior.gencat.cat/ca/detalls/Article/adaptacio-normativa-grau-2-3-00001 Contacto para la resolución de dudas: acaes@acaes.net
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