
30/05/2023
Resolución por la cual se publican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámb
Finalidad de las subvencionesEl Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en el ámbito del comercio al por menor y los servicios, con el fin de promocionar e impulsar el sector comercial y de servicios, y fomentar la competitividad y la calidad de estos sectores.El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en estas bases es el de concurrencia competitiva. El programa 4 se tramitará basándose en el orden cronológico de presentación de las solicitudes, hasta la finalización de su presupuesto que se determine en la convocatoria correspondiente y como máximo hasta el 31 de diciembre del año de publicación de la convocatoria. 1.Programa de apoyo a las entidades representativas del sector del comercio.Objetivo: apoyar a entidades representativas que tienen representación territorial o bien son entidades que agrupan empresarios multisectoriales, que velan por la competitividad y los intereses de las empresas catalanas.Personas beneficiarias: entidades del sector del comercio, sin ánimo de lucro, que tengan representatividad en todo el territorio de Cataluña, en una provincia o, en el caso de la ciudad de Barcelona, que tengan asociados al menos 15 ejes comerciales y que dispongan de un plan de actuación anual, como mínimo los últimos 3 años.Es incompatible con el programa 2.Cuantía: hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 20.000 € por gastos de gestión y de estructura y un máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 40.000 €. 2.Programa de apoyo a la red asociativa de comercio, artesanía y moda.Objetivo: apoyar a aquellas entidades más representativas del sector comercial que tienen representación territorial o bien agrupan empresarios multisectoriales, y que velan por la competitividad y los intereses de las empresas catalanas. Fortalecer la totalidad del modelo asociativo actual, con toda su capilaridad, facilitando sinergias y servicios compartidos entre las asociaciones y otros agentes sectoriales del territorio.Personas beneficiarias: entidades del sector del comercio, los servicios, la artesanía y la moda, incluyendo las entidades territoriales sin ánimo de lucro, gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro, empresas agrupadas (ámbito 1) y asociaciones de Mercados Municipales sedentarios y no sedentarios (ámbito 2). Se excluyen las fundaciones y colegios profesionales.Cuantía: en el caso de las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de ámbito nacional, o de ámbito municipal en el caso de la ciudad de Barcelona, hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000 € por gastos de gestión y estructura y un máximo total de 26.000 €.En el caso de gremios y entidades sectoriales de ámbito comarcal o municipal excluyendo Barcelona, hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 5.000 € por gastos de gestión y estructura y un máximo total de 12.000 €.En el caso de empresas agrupadas (cooperativas o centrales de compra), hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 4.000 € por gastos de gestión y estructura y un máximo total de 8.000 €.En el caso de las asociaciones de mercados sedentarios y no sedentarios, hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000 € por gastos de gestión y estructura, y un máximo total de 26.000 €. 3.Programa de apoyo para los establecimientos emblemáticos y singulares.Objetivo: apoyar el mantenimiento y preservación de los comercios con valor histórico o a los establecimientos emblemáticos.Personas beneficiarias: profesionales autónomos y empresas titulares de establecimientos de comercio, situados a pie de calle, que según la Ley 18/2017 de comercio, servicios y ferias, tengan la consideración de comercio con valor histórico o establecimiento emblemático.Es incompatible con el programa 4.Cuantía: hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 25.000 €. 4.Programa de apoyo para la apertura de comercios y de apoyo a la reforma y mejora de establecimientos y de apoyo a las paradas de los mercados de venta sedentaria y no sedentaria.Objetivo: dinamizar el comercio mediante proyectos de recuperación de los locales vacíos situados a la trama urbana consolidada del municipio, o al caso histórico y sus ensanches. Garantizar el mix comercial óptimo y adecuado en cada zona, incrementando el atractivo y evitando la rotura del continuo comercial mediante la reforma de establecimientos con cierto grado de antigüedad o paradas de mercados municipales.Adecuar los establecimientos de comercio al por menor y de servicios a la nueva normativa, con el fin de que estos dispongan de un sistema de cierre de puertas automático, para impedir que estas estén abiertas permanentemente.Personas beneficiarias: personas autónomas y empresas titulares de establecimientos de comercio y servicios, situados a pie de calle y paradas de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.Cuantía: hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 €. 5.Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio.Objetivo: dar cumplimiento en el Plan de acción, en la línea de potenciación del tejido comercial de proximidad, de la artesanía y la moda con el objetivo de incrementar la competitividad territorial del comercio catalán.Personas beneficiarias: Ayuntamientos y otras administraciones locales.Cuantía: para la definición del proyecto para la recuperación de locales vacíos, hasta el 50% con un máximo de 7.000 € y para la implementación del proyecto, hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 10.000 €. 6.Programa de apoyo para la creación y definición de las Áreas de Promoción Económica Urbana (APEU).Objetivo: apoyo a los entes locales y a las asociaciones territoriales para impulsar la creación y definición de los APEUs.Personas beneficiarias: Ayuntamientos y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales. Asociaciones comerciales territoriales.Cuantía: hasta el 90% del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000 €. 7.Programa para el crecimiento y competitividad de la empresa artesana.Objetivo: potenciar el crecimiento y la competitividad del sector de la artesanía, apoyando a su transformación digital, internacionalización, y comercialización, así como reforzar la estructura de las empresas artesanas, dotándola de herramientas para la infraestructura, gestión y procesos de producción sostenible.Personas beneficiarias: personas profesionales autónomas y empresas que desarrollen actividades incluidas en el repertorio de familias de oficios artesanos.Cuantía: hasta el 50% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 1.000 € para gastos de consolidación de la estructura, y un máximo de 2.500 €. Este importe máximo se podrá modificar en función de las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria. 8.Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía.Objetivo: fomentar la implantación de establecimientos de actividades singulares de carácter artesanal, prestigiar las ferias y ferias-mercado de artesanía en el ámbito de Cataluña y dinamizar los museos y centros de interpretación de la artesanía.Personas beneficiarias: los ayuntamientos y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales.Cuantía: hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 6.000 €. 9.Programa para la transformación digital de la industria de la moda.Objetivo: fomentar la competitividad de las empresas del sector de la moda en Cataluña apoyando a la transformación digital de sus modelos de negocio para llevar a cabo de forma más competitiva el diseño, la fabricación, la comercialización y la promoción de sus productos y marcas.Personas beneficiarias: profesionales autónomas y empresas de diseño y fabricación de prendas de vestir con marca propia y que dediquen en exclusiva su actividad al sector de la moda. Solo podrá ser beneficiaria una persona física o jurídica para cada marca comercial.Cuantía: hasta el 50% de los gastos subvencionables. La máxima cuantía que se podrá otorgar por beneficiario será de 5.000 €. 10.Programa para la mejora del grado de sostenibilidad y circularidad de las marcas de moda catalanas.Objetivo: fomentar la competitividad de las empresas del sector de la moda en Cataluña apoyando a la incorporación de procesos, herramientas y materias sostenibles que mejoren el grado de circularidad de sus productos así como la recuperación y reciclaje de los residuos generados de su actividad.Personas beneficiarias: profesionales autónomos y empresas de diseño y fabricación de prendas de vestir con marca propia y que dediquen en exclusiva su actividad al sector de la moda.Cuantía: hasta el 50% de los gastos subvencionables. La máxima cuantía que se podrá otorgar por beneficiario será de 5.000 €.Plazos: La convocatoria para acceder a estas subvenciones todavía no se ha publicado, se informará pertinentemente cuando se publique.El plazo de presentación de solicitudes se determinará a la convocatoria correspondiente.Enlace de interés:Publicación en el DOGC: https://dogc.gencat.cat/ca/document-del-dogc/?documentid=960730Más información: cserra@pimec.org