Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES III)
03/06/2021

Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES III)

Aprovecha las nuevas ayudas del Programa MOVES III. Convocatoria pendiente de publicar.
Este año ha entrado en vigor el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. Estas ayudas están reguladas por el IDAE y, en Catalunya, el ICAEN es el órgano gestor de las mismas. Cada comunidad autónoma efectuará la convocatoria correspondiente en un plazo máximo de 3 meses, desde la entrada en vigor de este Real Decreto. A continuación ofrecemos un breve resumen de los puntos más destacados del Real Decreto:  ACTUACIONES SUBVENCIONABLESSerán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación, que deberán cumplir los requisitos que se establecen en el anexo I:Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos «»enchufables»» y de pila combustible.Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.  PERSONAS BENEFICIARIASLas personas físicas que desarrollen actividades económicas.Las personas físicas mayores de edadLas comunidades de propietarios.Las personas jurídicas.Entidades locales y el sector público institucional.  CUANTÍASe incluye en el anexo III de este Real Decreto, para cada una de las actuaciones subvencionables.  PLAZOSSolicitud: Desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y hasta agotar el presupuesto disponible para esta actuación o, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2023.  RÉGIMEN REGLADOSe conceden las ayudas por orden de entrada de la solicitud.  CARÁCTER INCENTIVADORNo serán subvencionables las actuaciones iniciadas con anterioridad a la solicitud de la ayuda. Adjuntamos el enlace web al Real Decreto 266/2021, donde podéis consultar el anexo I (actuaciones subvencionables), el anexo II (documentación a presentar con la solicitud) y el anexo III (cuantía de las ayudas). Para más información podéis contactar con el ICAEN o con Núria Vintró nvintro@pimec.org
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