Procedimiento para declarar una parcela agrícola y ganadera en desuso
19/09/2023

Procedimiento para declarar una parcela agrícola y ganadera en desuso

Se ha publicado en el DOGC, el Decreto 169/2023 de 12 de septiembre, del procedimiento para declarar una parcela agrícola y ganadera en desuso y del funcio
Objeto del DecretoEl objeto de este Decreto es regular el procedimiento para declarar una parcela agrícola y ganadera en desuso y el funcionamiento del Registro de parcelas agrícolas y ganaderas en desuso, con el fin de lograr una reducción significativa de los espacios agrarios que se encuentran en estado de abandono. También tiene por objeto regular el arrendamiento forzoso de la parcela declarada en desuso. Declaración de parcela agrícola o ganadera en desusoEl Decreto concreta las condiciones que deben concurrir para considerar una parcela agrícola y ganadera en desuso, donde se pueden encontrar las siguientes causas:1.- Las parcelas que no alcanzan al menos el 50% de los rendimientos físicos medios de los últimos cinco años de las explotaciones agrarias de la comarca donde están ubicadas2. Las parcelas que tienen suelos en proceso de degradación sin que se les apliquen medidas correctoras.3. Las parcelas que incluyen suelos en los que las malas prácticas agrarias o los usos inconvenientes ponen en peligro cosechas vecinas, el aprovechamiento de las parcelas colindantes o el medio natural.4. Las parcelas agrícolas periurbanas donde el propio estado de abandono o los usos inconvenientes conllevan un riesgo de incendio forestal que afecta al núcleo de población o al medio natural.5. Las parcelas que tienen suelos que permanecen sin actividad agrícola o ganadera durante tres años consecutivos, salvo que se permita por motivos agronómicos o ambientales o por otras causas justificadas.6. Las parcelas que tienen suelos que permanecen sin actividades de conservación durante un período de al menos cinco años.7. Las superficies clasificadas como suelo urbanizable que por sus características, ubicación o usos son susceptibles de aprovechamiento agrícola o ganadero, pueden ser consideradas parcelas agrícolas y ganaderas en desuso mientras no se desarrolle el correspondiente planeamiento urbanístico clasificado. Registro de parcelas agrícolas y ganaderas en desusoEl Decreto contempla el procedimiento para declarar una parcela en desuso y la regulación del Registro de parcelas agrícolas y ganaderas en desuso.También regula la base de datos de personas habilitadas para colaborar en la identificación de parcelas en desuso que deben formar parte del inventario de parcelas. Arrendamiento forzosoEl Decreto desarrolla el arrendamiento forzoso de la parcela declarada en desuso, establecido en el artículo 28 de la Ley 3/2019, de 17 de junio, de los espacios agrarios, para los casos en que se ha declarado el incumplimiento de la función social del uso de la tierra por infrautilización y lo articula a través del procedimiento de expropiación temporal del usufructo.La regulación contempla los efectos de la inscripción de las parcelas en el Registro de parcelas agrícolas y ganaderas en desuso y la forma en que el departamento competente en materia agraria y de desarrollo rural puede promover la suscripción de contratos de arrendamiento de las parcelas inscritas, sin alterar la propiedad sobre la parcela, preservando el derecho de la persona propietaria que ha consentido el arrendamiento a obtener un rendimiento del arrendamiento.Una vez finalizado el expediente de expropiación temporal del derecho de uso de la parcela, la Administración formalizará el contrato por el que la Generalidad de Cataluña, mediante el departamento competente, asume sus funciones. Este contrato tendrá una duración mínima de 7 años.Destaca también la creación de las comisiones territoriales de seguimiento del Registro con el objetivo de promover, divulgar y realizar el seguimiento del Registro, con el fin de conseguir la consolidación de la actividad agraria en el ámbito del arrendamiento de las parcelas agrarias en desuso. Más información: cmas@pimec.org
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