PIMEC alerta de las distorsiones que puede provocar en el mercado de trabajo la compatibilidad total
25/10/2016

PIMEC alerta de las distorsiones que puede provocar en el mercado de trabajo la compatibilidad total

Barcelona, 26 de octubre de 2016. Ante el planteamiento anunciado por la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Fátima Báñez, de compatibilizar el 100% de la pensión con un puesto de trabajo, PIMEC considera que esta medida puede tener, globalmente, efectos perjudiciales en la disminución del paro, objetivo prioritario en estos momentos en el mercado del trabajo.La patronal considera que el Gobierno debería propiciar medidas que fomenten la contratación y que no desincentiven el rejuvenecimiento de plantillas, que aportan conocimientos actualizados, de especial relevancia en aquellos sectores más dinámicos de nuestra economía. Medidas como la anunciada por el Ministerio de Trabajo crean el efecto contrario al no dejar espacio para las nuevas contrataciones o para las promociones internas en la empresa.En este contexto, PIMEC considera que un envejecimiento excesivo de las plantillas puede provocar un aumento de la siniestralidad y absentismo, así como reducciones en la productividad relacionadas con la edad.La entidad también pone de manifiesto que esta compatibilidad aumentaría las diferencias sociales, si tenemos en cuenta la imposibilidad obvia de alargar, más allá de la edad de jubilación actual, la actividad de aquellos trabajadores que llevan a cabo tareas que suponen mayores cargas físicas.Medida positiva para profesionales y trabajadores por cuenta propiaEn cuanto a los profesionales y trabajadores por cuenta propia, PIMEC considera que esta medida es positiva, teniendo en cuenta que en este caso no se constatan los efectos negativos descritos anteriormente.Por lo tanto, PIMEC reitera su petición recogida en su documento de propuestas de permitir compatibilizar jubilación y trabajo por cuenta propia en cualquier momento de la jubilación, ya sea anticipada o no, en cualquiera de los regímenes, cuando se hayan cotizado al menos 35 años.
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