Medidas de flexibilización para los territorios en fase 2 y fase 3
07/06/2020

Medidas de flexibilización para los territorios en fase 2 y fase 3

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente la Orden SND/507/2020 de medidas de flexibilización de determinadas restricciones para los territorios que se encuentran en fase 2 y los que se encuentran en fase 3.Entre las medidas de flexibilización previstas, se eliminan las restricciones a la ocupación de los vehículos respecto del total de plazas para los transportes en autobús y ferroviarios, así como para los transportes terrestres colectivos de ámbito urbano y periurbano.Por otra parte, en la fase 3 se permite la apertura de discotecas y bares de ocio nocturno siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en esta orden. Además, en los territorios en fase 3, se podrá consumir dentro de los locales de hostelería y restauración, siempre que no se supere el 50% de su aforo y se cumplan las condiciones ya establecidas en anteriores órdenes.Medidas de flexibilización para el comercio.Medidas de flexibilización para el turismo.Para más información, puedes consultar la página web de la Moncloa.
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