Línea de avales para financiar gastos e inversiones de mejora en el sector turismo- hostelería
26/07/2020

Línea de avales para financiar gastos e inversiones de mejora en el sector turismo- hostelería

El ICO ha publicado el reglamento para la solicitud de avales para el apoyo de la financiación específica del sector turismo-hostelería que cubre tanto nec
A quién se dirige: a empresas sector Turismo-Hostelería que necesiten poner en marcha un plan de liquidez de circulante y deseen disponer de financiación de inversiones necesarias para la mejora, ampliación o adaptación de las instalaciones, equipos y servicios prestados.El hecho de que sea un tramo dedicado facilita el apoyo financiero al sector turismo.Dado que las características generales no varían respecto a los anteriores tramos, haremos un repaso esquemático de las mismas y definiremos un apartado concreto para abordar el apoyo a la financiación de las inversiones.Condiciones generales préstamo-avalA quién va dirigidoEmpresas y autónomos del sector turismo que hayan visto afectada su actividad por la situación de emergencia de la covid-19 y/o necesiten hacer inversiones. ImportesHasta un máximo de 1,5 M € se aplicarán mínimos.Por encima, se aplicará el máximo establecido en el Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Comisión Europea.La aplicación del marco temporal de ayudas en estos casos establece unos límites sobre el principal de la operación:o Doble masa salarial 2019.o 25% facturación 2019.o Necesidades liquidez justificadas durante 18 meses en el caso de pymes.o Excepciones superiores condicionadas y justificadas.Elegibilidad del préstamoPréstamos y operaciones formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo 2020.Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. Se plantea que el plazo se podrá ampliar por acuerdo del Consejo Ministros y siempre en línea con la normativa de ayudas de estado de la UE.Los acreditados no pueden estar en situación de morosidad en la CIRBE a 31 de diciembre 2019.Los acreditados no pueden estar en procedimiento concursal con posterioridad al 17 de marzo 2020.Prohibición condiciones complementariasLa entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión de riesgos.Cobertura avalPymes y autónomos: hasta el 80% de los préstamos.PeriodoHasta 5 años con posibilidad de 1 de carencia.InterésLa entidad tiene la obligación de garantizar que los costes de las nuevas operaciones y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis de la covid-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y su coste de cobertura.Adicionalmente, las entidades deberán trasladar a sus clientes el beneficio derivado del aval público en forma, entre otras opciones, de menores intereses o de mayor plazo, o de más financiación o de un período superior de carencia del principal, etc.Aplicación préstamoAdicionalmente a la cobertura de las necesidades de liquidez, se podrá destinar la financiación a gastos o inversiones necesarias para la mejora, ampliación o adaptación de las instalaciones, equipos y servicios prestados por las pymes y autónomos.La financiación avalada no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes. 1) ¿Adónde dirigirnos para tramitar estos préstamos?Hay que ir a la entidad financiera que la empresa considere, ya sea su entidad habitual u otra que le pueda convenir.2) ¿Qué condiciones se exigen para acceder a estos préstamos?Ver afectada la actividad empresarial por la situación de emergencia covid-19 y/o presentar un plan inversiones. Pasos a seguir:Justificación habitual financiación ICO Covid-19Preparación plan inversiones y estrategia relacionadaIdentificación DAFO necesidades mejoraPlan inversionesPlanificación económico-financiera derivada plan inversiones Para más información: cef@pimec.org
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