Conoce cómo afecta a tu empresa la fase de preemergencia
03/12/2023

Conoce cómo afecta a tu empresa la fase de preemergencia

Cataluña declara la fase de preemergencia por sequía.
En los últimos tres años en Catalunya ha llovido por debajo de la media, el doble de tiempo que la sequía más dura vivida hasta ahora, la del 2008, que se prolongó 18 meses. En este contexto, los municipios que se abastecen del sistema Ter-Llobregat (202 localidades de 14 comarcas, con una población de unos seis millones de personas), que hasta ahora se encontraban en situación de excepcionalidad por sequía, pasan al escenario de preemergencia (excepcionalidad agravada) a partir del día 29 de noviembre de 2023. En concreto, se trata de los municipios del Alt Penedès, Anoia, Bages, Baix Empordà, Baix Llobregat, Barcelonès, Berguedà, Garraf, Gironès, Maresme, Selva, Solsonès, Vallès Occidental y Vallès Oriental. La fase de preemergencia es un nuevo escenario, no recogido en el Plan de Sequía, para aplicar medidas transitorias y de adaptación de forma consensuada antes de llegar a la declaración efectiva de emergencia.   Enlaces de interés:Cataluña sufre la peor sequía de la historia: https://web.gencat.cat/ca/actualitat/detall/Catalunya-pateix-la-pitjor-sequera-de-la-historiaEl visor de la sequía: https://aplicacions.aca.gencat.cat/visseq/estat-actualInformación actualizada de la sequía y las medidas adoptadas: https://sequera.gencat.cat/ca/inici ¿Qué implica la fase de preemergencia por sequía? Se establecen medidas de ahorro, destacando las siguientes: Se prohíben determinados usos en las actividades urbanas.Reducción de la dotación de riego agrícola en un 40% o la sustitución de parte de los caudales destinados a riego agrícola por aguas regeneradas.Reducción del 15% de los consumos de agua de los usuarios industriales.Reducción del consumo de agua en los usos recreativos (15% en usos asimilables a urbanos y 50% en riego).Reducción del 30% en usos ganaderos.Queda prohibido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes de carácter público o privado (excepto el riego de supervivencia de árboles o plantas, que se realizará gota a gota o con regadera).Queda prohibido el riego de césped en todos los casos, excepto en superficies destinadas a práctica federada de deporte, o aquel riego que se haga reutilizando aguas de lluvia recogidas de los tejados o agua regenerada de las depuradoras.Se prohíbe la limpieza de calles, alcantarillado, pavimentos, fachadas o edificios con agua potable.Se establecen limitaciones al llenado y rellenado de piscinas (ver medidas específicas).Se establece una dotación máxima de 210 litros por habitante y día. Enlaces de interés:Medidas vigentes en la fase de preemergencia:https://sequera.gencat.cat/ca/accions/el-semafor-de-la-sequera/semafor-rosa/Respuesta a las preguntas más frecuentes sobre la afectación de la sequía a empresas/comercios/industrias/sector primario:https://sequera.gencat.cat/ca/la-sequera/preguntes-frequeents/  El plan de ahorro: documento clave para adaptar la reducción a cada empresa El Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual Sequía (PES) establece que aquellas personas que sean titulares de aprovechamientos de agua para usos que no sean para el abastecimiento a la población (como riego agrícola, ganadero, industriales, recreativos que impliquen riego y otros usos recreativos) deben reducir sus consumos en un porcentaje establecido en el PES, en función del estado de sequía declarado en cada momento. Sin embargo, el PES ofrece a estos usuarios la posibilidad de flexibilizar estas reducciones presentando un Plan de ahorro a la Agencia Catalana del Agua (ACA). La Agencia puede resolver un porcentaje de reducción inferior, atendiendo a las particularidades de cada uso, las dotaciones y la eficiencia del suministro en condiciones de normalidad y al grado de afectación o interferencia que las captaciones de las explotaciones supongan para los abastecimientos municipales de su entorno. Entre estos motivos para aprobar los nuevos porcentajes, cabe destacar los siguientes: En el caso del riego agrícola, en situación de emergencia, garantizar la supervivencia de cultivos leñosos o permanentes.En el caso de los usos ganaderos, garantizar la supervivencia de los animales presentes en la explotación en el momento de la declaración del estado de excepcionalidad, teniendo presente el tipo de explotación y ganado y el momento concreto de la cría.En el caso de los usos industriales, en situaciones de excepcionalidad y emergencia, limitar las afectaciones al proceso productivo, y siempre y cuando se hayan suprimido o reducido al máximo los consumos de agua que no estén ligados a dicho proceso productivo cuyos consumos propios no pueden superar las referencias de las Mejores Técnicas Disponibles u otros estándares de eficiencia del sector.  Una industria que no es titular de ningún aprovechamiento, sino que se abastece exclusivamente desde una red de suministro municipal, debe dirigirse a su Ayuntamiento para conocer las condiciones que le son de aplicación. El Ayuntamiento puede requerirle la presentación de un Plan de Ahorro.  En los siguientes enlaces puede encontrar los documentos, modelos y plantillas de planes de ahorro:Planes de ahorro para usos industriales y asimilables: https://sequera.gencat.cat/ca/la-sequera/el-pla-especial-de-la-sequera/plans-emergencia-estalvi/pla-estalvi-industrials-assimilable/Planes de ahorro para usos agrarios: https://sequera.gencat.cat/ca/la-sequera/el-pla-especial-de-la-sequera/plans-emergencia-estalvi/pla-estalvi-agraris/ Utilización de aguas regeneradas Según establece el Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual Sequía (PES), las reducciones a aplicar dejan fuera del cálculo la utilización de aguas regeneradas. De esta forma, las dotaciones de agua (aplicadas las reducciones vigentes en cada fase) se pueden complementar con aguas regeneradas procedentes de estaciones depuradoras de aguas residuales, a cargo de la persona usuaria, siempre que exista disponibilidad de caudales.   PIMEC seguirá defendiendo los intereses del tejido económico, especialmente de las mipymes y autónomos, en todos aquellos espacios que se creen para tratar la política del agua en Cataluña. Por este motivo, puede hacernos llegar propuestas que nos sirvan para actuar de forma proactiva.   Más información: cmas@pimec.org
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