El Tribunal Supremo considera que no existe Contingencia Laboral en un accidente in itinere por la
05/09/2023

El Tribunal Supremo considera que no existe Contingencia Laboral en un accidente in itinere por la

La reciente sentencia del Tribunal Supremo, emitida el 4 de julio de 2023, aborda un caso de accidente in itinere y la determinación sobre si la conducta del trabajador puede ser calificada de imprudencia temeraria, excluyendo así la consideración del accidente como laboral. La decisión analiza las circunstancias específicas de la situación y evalúa si la conducta del trabajador fue lo suficientemente negligente y arriesgada para ser calificada como temeraria, lo que afecta directamente a la percepción de la contingencia laboral.El accidente ocurrió el 7 de diciembre de 2016 cuando un trabajador, al regresar del trabajo, atravesó una carretera de múltiples carriles por un lugar no habilitado para peatones y sin llevar ropa reflectante. El accidente ocurrió durante la noche y en una zona con iluminación limitada. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia de 18 de febrero de 2018 consideró que la conducta del trabajador fue una mera infracción de normas de tráfico y calificó el accidente como laboral. Sin embargo, el procedimiento judicial ha finalizado con la sentencia del Tribunal Supremo, que ha revocado esta decisión y ha concluido que la conducta del trabajador fue una imprudencia temeraria, excluyendo así la consideración del accidente como laboral. El Tribunal Supremo, en su análisis, establece que no toda infracción de normas de tráfico constituye automáticamente una imprudencia temeraria, que cada caso debe evaluarse en función de sus circunstancias específicas. En este suceso concreto, el tribunal argumenta que la conducta del trabajador fue claramente negligente y arriesgada, considerando factores como que la vía que cruzó no estaba habilitada para peatones, la cantidad de carriles de la carretera, la falta de iluminación directa, la carga de equipaje que llevaba el trabajador y su falta de ropa reflectante. La sentencia subraya que el trabajador no tomó las precauciones mínimas necesarias y asumió un riesgo innecesario y evidente. La sentencia del Tribunal Supremo establece que, en casos de accidentes in itinere, la calificación de imprudencia temeraria puede conducir a la exclusión de la contingencia laboral. La decisión se basa en una evaluación detallada de las circunstancias específicas del accidente y la conducta del trabajador.  Más información: jmcuberes@pimec.org
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