
26/03/2020
¿Cómo funcionan las líneas de avales del gobierno español y el gobierno catalán?
El gobierno español, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), y el gobierno catalán, a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y Avalis de Catalunya, han establecido dos líneas de avales especiales destinadas a empresas y autónomos con el objetivo de compensar los efectos de la caída de actividad generada por Covid-19. A continuación repasamos sus disposiciones reglamentarias y sus condiciones generales. Línea de avales el gobierno español a través del ICOCondiciones generales del préstamo-avalA quién va dirigido_Empresas y autónomos que hayan visto afectada su actividad por la situación emergencia del Covid-19._Se divide en 50% para pymes y 50% para grandes compañías.Importes_Hasta un máximo de 1,5 Mio € en varias operaciones por empresa/autónomo se aplicarán las disposiciones de la UE de mínimos y por encima se aplicará el máximo establecido en el Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Comisión Europea ._Se avalaran las operaciones hasta 50 Mio € que hayan sido aprobadas por la entidad de acuerdo con su política de riesgos, sin perjuicio de comprobación posterior de las condiciones de elegibilidad._Se avalaran las operaciones de más de 50 Mio € a partir de que el ICO haya analizado el desempeño de las condiciones de elegibilidad de manera complementaria al análisis de la entidad financiera._Las entidades se comprometen a mantener al menos hasta el 30 de septiembre los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyas líneas sean avaladas.Elegibilidad del préstamo_Préstamos y operaciones formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo 2020._Los avales podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre 2020._Los acreditados no pueden figurar en situación de morosidad en la CIRBE a 31 de diciembre de 2019._Los acreditados no pueden estar en procedimiento concursal con posterioridad al 17 de marzo de 2020.Condiciones aval para pymes y autónomos_Para préstamos de hasta 1,5 Mio €: 0,2% de comisión anual sobre el saldo del importe avalado._Para préstamos superiores a 1,5 Mio € concedidos a pymes y autónomos (comisión anual):0,2% por avales con un vencimiento de hasta 1 año.0,3% para avales con un vencimiento superior a 1 año y hasta 3.0,8% para avales con un vencimiento superior a 3 años y hasta 5.Condiciones aval para grandes empresas_Para préstamos de hasta 1,5 Mio €: 0,2% de comisión anual sobre el saldo del importe avalado._Para préstamos superiores a 1,5 Mio € que representen nuevas operaciones (comisión anual):0,3% para avales con un vencimiento de hasta 1 año.0,6% para avales con un vencimiento superior a 1 año y hasta 3.1,2% por avales con un vencimiento superior a 3 años y hasta 5._Para préstamos superiores a 1,5 Mio € que representen renovaciones (comisión anual):0,25% por avales con un vencimiento de hasta 1 año.0,50% por avales con un vencimiento superior a 1 año y hasta 3.1,0% para avales con un vencimiento superior a 3 años y hasta 5.Cobertura aval_Pymes y autónomos: hasta el 80% de los préstamos._Grandes empresas:70% de las nuevas operaciones.60% de operaciones de renovación.Periodo_Hasta 5 años.Aplicación préstamo_Nuevo préstamos y renovaciones concedidas por las entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias. 1) ¿Dónde dirigirnos para tramitar estos préstamos? Hay que ir a la entidad financiera que la empresa considere, ya sea su habitual o alguna nueva que le pueda convenir.2) ¿Qué condiciones se exigen para acceder a estos préstamos? Ver afectada su actividad por la situación emergencia Covid-19.3) ¿Es compatible el préstamo con un expediente de regulación temporal de empleo?Sí.4) ¿Podemos aplicar el préstamo a pago de cuotas que nos venzan otros compromisos financieros?Sí. Lo importante es que la empresa pueda hacer frente a sus compromisos financieros y que la economía en general se vea lo menos afectada posible.5) Importe a solicitarLa empresa debe solicitar el importe en función del impacto en su tesorería por la situación actual de alarma Covid-19.6) ¿Puedo aplicar el apoyo financiero a pago de cuotas de préstamo corrientes?Sí, ya que el pago de cuotas se corresponde a necesidades corrientes de financiación y no a cancelación o reestructuración de líneas existentes. Desde PIMEC recomendamos iniciar la tramitación de necesidades a las entidades financieras habituales. Línea de avales al gobierno catalán a través del ICF y AvalisCondiciones generales del préstamo-avalA quién va dirigido_Empresas y autónomos que hayan visto afectada su actividad por la situación de emergencia del Covid-19 y que no estén haciendo reducciones de plantilla. Importes_El importe mínimo del préstamo será de 50.000 €. El aval será aportado según importe de acuerdo con lo siguiente:_De 50.000 € 1.000.000 para operaciones con entidades financieras con apoyo Avalis._A partir 1.000.000 para operaciones con entidades financieras con apoyo Avalis.Condiciones del préstamo_Tipo máximo: Euribor más diferencial hasta 1,75 puntos.Condiciones aval_Comisión anual del 0,65% de la cantidad avalada (impacto del 0,52% sobre el importe del préstamo)._Sin comisión apertura._Sin comisión cancelación aval.Cobertura aval_Avalis de Catalunya e ICF avalan un 80% de los préstamos de las entidades financieras.Periodo_Un total de 4 años de los que 1 es de carencia.Aplicación préstamo_A incrementar las disponibilidades de financiación actuales de la empresa._A hacer frente a compromisos de pago habituales incluyendo cuotas de préstamos._El financiación ICF-AVALIS liquidez debe llevar a incremento neto de la CIRBE. 1) ¿Dónde dirigirnos para tramitar estos préstamos? Hay que ir a la entidad financiera que la empresa considere, ya sea su habitual o alguna nueva que le pueda convenir.2) ¿Qué condiciones se exigen para acceder a estos préstamos? Los condicionantes básicos del préstamo son:- Mantener la plantilla y los compromisos de pago.- Ver afectada la tesorería por la actual situación alarma Covid-19 (caída pedidos, impagos…)._Que la nueva financiación financiero ICF-AVALIS LIQUIDEZ comporte un incremento neto de la CIRBE.3) ¿Es compatible el préstamo con un expediente de regulación temporal de empleo?Sí, ya que el objetivo del expediente temporal es mantener la plantilla mediante la suspensión de los contratos de trabajo y no su extinción.4) ¿Podemos aplicar el préstamo a pago de cuotas que nos venzan otros compromisos financieros?Sí. Lo importante es que la empresa pueda hacer frente a sus compromisos financieros y que la economía en general se vea lo menos afectada posible.5) ¿Si en un tiempo, antes del vencimiento, no necesitamos el préstamo tenemos costes de cancelación del aval? Para esta línea no hay comisión de cancelación del aval.6) Importe a solicitarLa empresa debe solicitar el importe en función de la caída esperada de las entradas de tesorería derivada de la situación alarma Covid-19, por los diferentes conceptos que le afecten (caída pedidos, impagos…).7) ¿Puedo aplicar el apoyo financiero a cancelar otras líneas de financiación?No, la línea financiación ICF-AVALIS LIQUIDEZ va orientada a dotar de nueva liquidez que permita compensar los efectos económicos negativos Covid-19.8) ¿Puedo aplicar el apoyo financiero a pago de cuotas de préstamo corrientes?Sí, ya que el pago de cuotas se corresponde a necesidades corrientes de financiación y no a cancelación o reestructuración de líneas existentes.